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Cáncer: reconstrucción de senos debe ser garantizada por el Estado

Un proyecto, al que solo le falta sanción presidencial, lo vuelve obligación para el sistema de salud. MinSalud definirá tiempos para procedimientos.

  • FOTO: ARCHIVO EL COLOMBIANO
    FOTO: ARCHIVO EL COLOMBIANO

Solo falta la firma del presidente Iván Duque para que las autorizaciones de las cirugías de reconstrucción de senos sean mucho más expeditas en Colombia. Esto lo hará posible un proyecto que está a punto de convertirse en ley, que tiene por objeto eliminar las barreras de acceso a programas de apoyo para la rehabilitación integral de las personas diagnosticadas con cáncer de mama en el país, y que garantizará que se reconstruyan ambas mamas a las pacientes de cáncer de seno.

Lo que hizo esta norma fue complementar la denominada Ley Sandra Ceballos, que data de 2010 y que consagra medidas para el control integral del cáncer, apuntando a la mejora de la calidad de vida de los pacientes oncológicos. Dicha ley nació en homenaje a Sandra Ceballos, la excongresista que falleció el 21 de septiembre de 2008, víctima de cáncer de seno, y quien se convirtió en un símbolo de la lucha contra esa patología, ya que murió exigiendo que los enfermos con esa condición tuvieran el derecho de recibir la atención integral, sin tener trabas de por medio.

Según las cifras más recientes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que datan de 2019, entre el momento del diagnóstico y el inicio del primer tratamiento en promedio transcurren 59 días en el caso del cáncer de mama, mientras que en el cáncer de próstata tiene una mediana de 81 días.

Además, de acuerdo a la Defensoría del Pueblo, los pacientes con cáncer de mama, entre los pacientes con tumores malignos, son los que más interponen tutelas para la realización de un diagnóstico, así como por falta de oportunidad en el tratamiento integral, quimioterapia y radioterapia y falta de autorizaciones integrales (14,8 %) con un total de 2.667 tutelas presentadas, según cifras del año 2018.

La nueva norma complementaria que está a la espera de sanción presidencial ofrece garantías por parte del Estado y de los actores que intervienen en el Sistema General de Seguridad Social. Así, las mujeres que han sufrido este tipo de cáncer podrán acceder a una reparación de sus mamas más ágil y oportuna, pues se incluye la obligación de obtener los implantes necesarios, bajo el entendido de que en ocasiones un solo implante no resuelve sus necesidades, por lo que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) estarán obligadas a garantizar estos procedimientos, evitando que pasen por largos trámites.

En ese sentido, desde la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), se manifestó previamente –al acatar un fallo de la Corte Constitucional sobre la garantización de la reconstrucción de senos de pacientes de cáncer de mama– que si este procedimiento tiene que ver con el tratamiento debidamente autorizado y el profesional de la salud o especialista que ordena el procedimiento puede certificarlo con rigor, la intervención quirúrgica se tendrá que hacer sin contratiempos y acorde a la ley. En este caso lo harán como lo disponga el Ministerio de Salud.

MINSALUD DEFINIRÁ LOS TIEMPOS Y ATENCIÓN

El Ministerio de Salud tendrá que reglamentar en un término de seis meses, contados a partir de la vigencia de la ley, los indicadores y tiempos máximos, en los que se deberá autorizar y programar el tratamiento requerido, entre ellos las consultas médicas, el acompañamiento psicológico, los exámenes especializados y la reconstrucción de ambas mamas, de ser necesario.

LAS EPS HARÁN promoción y prevención

De acuerdo a lo definido en esta ley, las EPS, los regímenes de excepción y especiales y las entidades territoriales, las demás entidades de aseguramiento y las IPS públicas y privadas, deberán garantizar acciones de promoción y prevención con pedagogía, concientización y autoconocimiento en ciudades y municipios, a través de campañas educativas en las instituciones de educación de todos los niveles o donde se considere pertinente de los factores de riesgo para cáncer.

SE REFORZARÁ LA SENSIBILIZACIÓN RURAL

El Ministerio de Salud en articulación con las gobernaciones y alcaldías, realizarán campañas de prevención y detección de cáncer de mama y otros tipos de cáncer en zonas rurales y de difícil acceso, por lo menos una vez al año, disponiendo de unidades móviles que se puedan desplazar a los diferentes lugares.

AUMENTARÁ PROMOCIÓN DEL AUTOEXAMEN

Las autoridades de salud tendrán que fomentar la educación mediante la intervención individual y colectiva sobre la realización del auto examen de mama o estrategias para otros tipos de afecciones oncológicas de manera presencial, telemedicina o por servicios de mensajería electrónico. Garantizando así que haya prevención frente a los casos.

SE DEFINIRÁ MEDICIÓN DE LAS ESTRATEGIAS

El Ministerio de Salud, con asesoría del Instituto Nacional de Cancerología y las sociedades científicas clínicas y quirúrgicas relacionadas directamente con temas de oncología y un representante de las asociaciones de pacientes debidamente organizadas, definirá dentro de los seis meses siguientes a la promulgación de la ley, los lineamientos técnicos, contenidos, estrategias, alcance y evaluación de impacto de las acciones de promoción y prevención que serán implementadas en el territorio nacional

Infográfico

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