Pico y Placa Medellín

viernes

2 y 8 

2 y 8

Pico y Placa Medellín

jueves

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

miercoles

4 y 6 

4 y 6

Pico y Placa Medellín

martes

0 y 3  

0 y 3

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

1 y 7  

1 y 7

Del preconteo al escrutinio oficial: lo que sigue tras las urnas y que definirá el resultado de las elecciones presidenciales

El resultado preliminar de la segunda vuelta presidencial dejó una diferencia reducida entre los candidatos y trasladó la atención hacia el proceso de escrutinio, el único procedimiento con validez jurídica para consolidar los resultados que establece legalmente quién será el presidente de la República.

  • El país espera el escrutinio oficial tras un preconteo con una diferencia del 0,96% entre los candidatos. FOTO: Manuel Saldarriaga
    El país espera el escrutinio oficial tras un preconteo con una diferencia del 0,96% entre los candidatos. FOTO: Manuel Saldarriaga
  • La Registraduría reportó que De la Espriella obtuvo 12.956.941 votos en el boletín número 40. FOTO: Manuel Saldarriaga
    La Registraduría reportó que De la Espriella obtuvo 12.956.941 votos en el boletín número 40. FOTO: Manuel Saldarriaga
hace 13 horas
bookmark

La diferencia de 250.820 votos entre Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda en el preconteo de la segunda vuelta presidencial abrió una etapa de revisión y seguimiento al proceso electoral en Colombia.

Según el boletín número 51 de conteo preliminar de la Registraduría Nacional del Estado Civil, De la Espriella obtuvo 12.959.515 votos, equivalentes al 49,66 %, mientras que Cepeda alcanzó 12.708.695 sufragios, correspondientes al 48,70 %. La diferencia entre ambos candidatos fue de 0,96 %.

Este escenario llevó a que la atención se concentrara en el escrutinio, el mecanismo legal mediante el cual las autoridades competentes verifican las actas electorales, resuelven las reclamaciones presentadas por las campañas y consolidan el resultado definitivo de los comicios.

En Colombia, el escrutinio es el único procedimiento que tiene efectos jurídicos para certificar los resultados de una elección. A diferencia del preconteo, que entrega una información preliminar basada en la transmisión rápida de los resultados de las mesas, el escrutinio se fundamenta en la revisión de documentos físicos, formularios electorales y recursos presentados durante el proceso.

La Registraduría reportó que De la Espriella obtuvo 12.956.941 votos en el boletín número 40. FOTO: Manuel Saldarriaga
La Registraduría reportó que De la Espriella obtuvo 12.956.941 votos en el boletín número 40. FOTO: Manuel Saldarriaga

El preconteo: una fotografía preliminar de la votación

El preconteo es el sistema de transmisión rápida de resultados que realiza la Registraduría Nacional del Estado Civil para entregar una primera aproximación sobre la votación una vez termina la jornada electoral.

Este mecanismo parte del trabajo de los jurados de votación, quienes realizan el conteo inicial de los sufragios en cada mesa, diligencian los formularios correspondientes y transmiten la información a los centros de procesamiento mediante los canales establecidos por la organización electoral.

Aunque sus cifras son utilizadas como una referencia inmediata del comportamiento electoral, el preconteo no tiene validez jurídica y puede presentar diferencias con los resultados finales debido a errores humanos de digitación o inconsistencias que son evaluadas durante el escrutinio.

El escrutinio: la revisión oficial de los votos

El escrutinio es la función pública mediante la cual se verifican y computan los votos consignados en las actas oficiales de cada mesa de votación. Este procedimiento es el único que permite expedir la credencial oficial del Presidente de la República.

En las etapas iniciales participan las comisiones escrutadoras auxiliares y municipales, conformadas por jueces de la República, notarios y registradores de instrumentos públicos designados por los Tribunales Superiores de Distrito Judicial.

Posteriormente, intervienen las comisiones escrutadoras departamentales, integradas por delegados del Consejo Nacional Electoral (CNE), encargadas de consolidar los resultados provenientes de los municipios. Finalmente, el CNE en pleno realiza el escrutinio general de la elección presidencial, resuelve las apelaciones correspondientes y efectúa la declaratoria oficial de elección.

Las reclamaciones e impugnaciones de las campañas

Los testigos electorales y los equipos jurídicos de las campañas pueden presentar reclamaciones ante las comisiones escrutadoras cuando existan causales contempladas en la legislación electoral, como inconsistencias entre el número de votantes y los votos registrados o alteraciones no justificadas en los formularios.

Cada reclamación debe ser analizada por las autoridades electorales competentes, que pueden confirmar la información registrada por los jurados o realizar correcciones tras la revisión de los documentos y demás elementos de prueba.

El escrutinio verifica actas, resuelve reclamaciones y define el resultado oficial electoral. FOTO: Manuel Saldarriaga
El escrutinio verifica actas, resuelve reclamaciones y define el resultado oficial electoral. FOTO: Manuel Saldarriaga

Los antecedentes de cambios durante los escrutinios

Uno de los antecedentes más citados ocurrió en las elecciones legislativas de 2014, cuando el partido Mira recuperó 16.106 votos después de que el Consejo de Estado encontrara irregularidades en el 1,4 % de las mesas revisadas. Esa decisión permitió a la colectividad superar el umbral y obtener tres curules en el Senado.

Otro caso se presentó en las elecciones legislativas de 2022, cuando el Pacto Histórico recuperó 390.152 votos que no aparecieron inicialmente en el preconteo. La corrección se produjo durante el escrutinio tras identificar errores relacionados con el diligenciamiento y transmisión de los formularios electorales.

El censo electoral y su actualización permanente

El censo electoral corresponde al número de ciudadanos habilitados para ejercer el derecho al voto. Está compuesto por los colombianos mayores de 18 años que no tienen suspendidos sus derechos políticos mediante una decisión judicial.

Para esta elección, la Registraduría certificó un censo de 41.421.973 ciudadanos habilitados. Esta cifra puede variar por situaciones como nuevas personas que alcanzan la mayoría de edad, fallecimientos o cambios en la situación jurídica de los ciudadanos.

El papel del software en el proceso electoral

El software utilizado dentro de la operación logística electoral permite recopilar y organizar los datos enviados desde las mesas de votación para construir los resultados del preconteo.

Sin embargo, este sistema no determina el censo electoral ni reemplaza la revisión de las actas físicas que se realiza durante el escrutinio oficial.

La vigilancia de los testigos electorales durante el proceso

Los testigos de las campañas tienen la facultad de observar el desarrollo del escrutinio, presentar reclamaciones en los casos establecidos por la ley y hacer seguimiento a la revisión de los resultados de cada mesa de votación.

Para consultar contenido prémium o profundizar sobre sus temas de interés de Medellín, Antioquia, Colombia y el mundo, regístrese aquí.

Responsive Image Banner responsive

Nuestros portales

Club intelecto

Club intelecto

Las más leídas

Te recomendamos