El expresidente Álvaro Uribe Vélez dio las primeras declaraciones públicas sobre la decisión del Tribunal Superior de Bogotá de revocar la sentencia a 12 años de prisión que le habían impuesto en agosto un juzgado de conocimiento. En una corta declaración, el líder del Centro Democrático ofreció “excusas a la Justicia y a la Procuraduría por todo el tiempo que he quitado por este proceso” y dijo que “lo único que les puedo decir es que he dicho la verdad a mis compatriotas a lo largo de esta extensa vida pública”.
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Así mismo, aseguró que “expreso mi gratitud a Vicky Dávila y a Semana, que en su momento revelaron ante la opinión pública los fundamentos de este proceso”.
Por otro lado, dijo que hace “votos para que personas que han sufrido este proceso, como Diego Cadena y el magistrado Álvaro Hernán Prada, puedan superar las dificultades”. Ellos fueron vinculados a otros procesos judiciales por los mismos hechos que tuvieron a Uribe en juicio.
“Ofrezco mis excusas a la Justicia y a la Procuraduría, por todo el tiempo que les he quitado por este proceso. La única garantía que les doy es que, he dicho a lo largo de esta extensa vida pública, la verdad a mis compatriotas”, señaló el político antioqueño.
Al final de su intervención desde Rionegro (Antioquia), el exmandatario manifestó que le pide “a la providencia energía y tranquilo discernimiento para trabajar por Colombia” y que le “dé toda la nobleza para luchar por este gran pueblo del que me siento muy orgulloso en pertenecer: el gran pueblo colombiano”.
Uribe Vélez se abstuvo de hacer comentarios sobre el recurso de casación que el senador Iván Cepeda y su abogado, Miguel Ángel del Río, anunciaron que presentarán ante la Corte Suprema de Justicia.
Vale recordar que el recurso de casación es una vía extraordinaria a la que pueden acudir las partes de un proceso judicial una vez concluida la primera y segunda instancia. Según establece el propio Código Penal (Ley 906 de 2004), la casación le apuesta “al respeto de las garantías de los intervinientes, la reparación de los agravios y la unificación de la jurisprudencia”.
EL COLOMBIANO consultó al abogado César Augusto Vargas, especialista en Derecho Penal y magíster en Criminología y Ejecución Penal, quien sostuvo que la casación tiene lugar cuando la sentencia de segunda instancia afecta derechos o garantías fundamentales por hechos como la interpretación errónea o aplicación indebida de una norma, así como desconocimiento del debido proceso.
El jurista advirtió que, lejos de ser una tercera instancia judicial, en la casación se analizan puntos específicos y fácticos, buscando con ello subsanar un “error garrafal, un error de hecho o de derecho en la sentencia”.
“Esto no es una tercera instancia. La técnica de casación indica que la demanda de casación va en contra de la sentencia. Casar significa romper, razón por la cual, mientras en un recurso de apelación se pueden discutir pruebas, en el recurso extraordinario de casación solo se puede discutir los yerros fácticos o jurídicos en que incurre la sentencia”, explicó.
El jurista aclaró que el hecho de que se interponga un recurso de casación no quiere decir que la Corte Suprema de Justicia per se lo acepte, teniendo en cuenta que se deben cumplir unos requisitos formales, en particular de técnica jurídica.
“Si la Corte Suprema ve que la demanda de casación no cumple con sus requisitos e inadmite la demanda o recurso extraordinario, procede una súplica. Pero no necesariamente el hecho de que se interponga recurso de casación implica que la Corte Suprema en pleno la va a estudiar”, agregó el abogado.
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