La designación de Juan Carlos Florián en el Ministerio de Igualdad y Equidad abrió un inédito debate jurídico en Colombia: ¿cómo se aplica la Ley de Cuotas ¿En el caso de una persona de género fluido? Al menos tres demandas han sido radicadas ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca para anular el decreto de nombramiento, bajo el argumento de que con su llegada se incumple la exigencia de que al menos el 50% de los cargos de máximo nivel decisivo en el Gobierno sean ocupados por mujeres.
Una de las demandas sostiene que, al considerar a Florián como un hombre, el gabinete quedaría conformado por diez ministros hombres (52,63%) y nueve mujeres (47,37%), con lo cual se rompería la paridad que ordena la Ley de Cuotas. La Presidencia, sin embargo, respondió que el caso no puede analizarse bajo una lectura estrictamente binaria del género y pidió al Tribunal negar la suspensión provisional del nombramiento.
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"El demandado, Juan Carlos Florián Silva, si bien fue clasificado como persona de sexo masculino al nacer, se identifica desde hace muchos años como una persona con identidad de género fluido, que transita entre lo femenino y lo masculino. sin pertenecer necesariamente a una u otra categoría”, señaló en su respuesta Andrés Tapias, apoderado de la Presidencia. Para el Gobierno, negar su designación por razones de género “implicaría desconocer la identidad de género no hegemónica de Florián, lo que podría convertirse en un acto discriminatorio contrario a la Constitución ya los estándares internacionales de derechos humanos”.
Su abogado, Miguel Casas, también se pronunció en el mismo sentido y presentó pruebas que incluyen entrevistas y publicaciones en redes sociales en las que Florián se reconoce en femenino.. En una de ellas, incluso, pidió ser llamada “señorita ministra” y afirmó: “yo me nombro en femenino porque soy una persona y porque soy una marica".