Base legal de la denuncia de María Fernanda Cabal contra Gustavo Petro
“En ejercicio de los derechos y deberes ciudadanos consagrados en el artículo 95 de la Constitución Política de Colombia, procedo a presentar una denuncia para adelantar juicio por indignidad en contra del ciudadano Gustavo Petro Urrego, en su calidad de Presidente de la República, por la posible violación del artículo 189 numeral 6 y el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia”, señaló la denuncia remitida por la Congresista a la Comisión.
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El artículo 2 de la Carta Magna habla sobre los “fines esenciales del Estado” en relación con la promoción de la “prosperidad” y la garantía del cumplimiento de los derechos y deberes de la Constitución, además de la “independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”.
Mientras que el numeral sexto del artículo 189 de la Constitución se refiere a la obligación del Presidente de garantizar la defensa de la seguridad nacional, la independencia, la honra de la nación, y el manejo de la conflictividad armada bajo la tutela del Congreso.
“Gustavo Petro no puede seguir haciéndole daño a un país. Sus consecuencias pueden ser irreparables. Por eso presenté denuncia ante la Comisión de Acusación por espionaje, por traición a la patria, por revelar unas coordenadas de una operación militar poniendo en riesgo a los soldados de Colombia”, dijo Cabal.
Contexto de la crisis en el Catatumbo
Cabal argumentó en su denuncia que la administración Petro no actuó frente a la alerta temprana emitida desde el 15 de noviembre del año anterior, por parte de la Defensoría del Pueblo, que advertían la grave situación que se estaba anidando en el Catatumbo, de manera que no se actuó con rapidez para evitar la tragedia humanitaria, que ya le costó la vida a más de medio centenar de personas y el desplazamiento a más de 55 mil.
La congresista también recalcó que la alerta temprana de la Defensoría precisó cuáles eran las organizaciones detrás del recrudecimiento de la violencia en esa zona del país, el ELN, las disidencias de las extintas Farc y los llamados “Pelusos”, una información que también poseía el Gobierno.
Además, enumeró el tamaño de la tragedia humanitaria en el Catatumbo, producto del desplazamiento, y la comparó con otras situaciones similares del pasado, para advertir que es el mayor acto de desarraigo en el país desde 1997.
“Juicio por indignidad contra el presidente Gustavo Francisco Petro Urrego por mala conducta, por presunta violación de artículo 189 numeral 6 y el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia”, resaltó la Legisladora en su denuncia radicada en la víspera.
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