Gustavo Petro es presidente gracias a que en julio de 2020 una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) tumbó una inhabilidad desproporcionada de la Procuraduría –al mando del criticado Alejandro Ordoñez–que lo inhabilitaba para ejercer cargos públicos por 15 años. En ese momento, la Corte consideró que se violaron sus derechos políticos y otros principios jurídicos y así pudo ser candidato presidencial.
Como presidente, tras más de dos años ocupando la Casa de Nariño, la misma Corte declaró improcedentes las medidas de protección solicitadas por Petro en contra de la investigación que le abrió el Consejo Nacional Electoral (CNE) por la supuesta financiación irregular de su campaña. Además, el tribunal dejó sin piso la tesis del primer mandatario de que le estaban armando un “golpe de Estado”.
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En su sentencia, conocida este jueves, el tribunal internacional dejó claro que el pliego de cargos de la autoridad electoral no viola las garantías políticas del jefe de Estado.
“Declarar improcedente la solicitud de adopción de medidas provisionales presentada por los representantes de la víctima en el presente caso. (...) la Corte observa que la solicitud de los representantes de la víctima se basa en una situación fáctica y jurídica distinta a la que conoció este Tribunal en la Sentencia del caso Petro Urrego emitida en 2020”, dice el documento firmado por la jueza Nancy Hernández López, presidenta de la Corte IDH.
El tribunal explica que no se pueden equiparar los hechos de la sentencia Petro Urrego vs. Colombia con la denuncia actual del presidente: “la Corte considera que la referida solicitud no tiene relación con el objeto del caso ni con la implementación de alguna de las tres garantías de no repetición de adecuación normativa ordenadas en el Fallo con lo cual resulta improcedente”. Este escenario, según juristas consultados, era previsible, pero la defensa del mandatario agotó esa instancia para intentar producir un precedente que no resultó.
Como contexto, es importante recordar que el CNE investiga a Petro y a su gerente de campaña, Ricardo Roa –ahora presidente de Ecopetrol–, por presuntas irregularidades y violaciones de topes durante la contienda.
Pero los magistrados internacionales precisaron que “de la información aportada en esta solicitud de medidas provisionales no surge que el órgano administrativo en cuestión (el CNE) tenga la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente”.
A juicio de la defensa de Petro, la apertura de cargos implica una extralimitación de funciones por parte del CNE, dado el fuero presidencial del investigado. Por eso, el pasado 29 de octubre los abogados le pidieron a la Corte IDH que adoptara unas medidas provisionales para proteger sus derechos políticos y los de sus electores, así como garantías judiciales.
Esta apreciación coincide con lo advertido por el propio CNE en un comunicado del pasado mes de septiembre, en el que precisó que “en el caso particular de la investigación administrativa a la que alude el señor presidente de la República, no existe ninguna posibilidad legal que ponga en cuestión el fuero presidencial” y que, en el caso de que lo encuentre culpable de violar los topes, le correspondería al Congreso adelantar un juicio de carácter político para decidir sobre una eventual destitución. A pesar de la aclaración, tanto Petro como sus seguidores han insistido en que el CNE buscaba un golpe de Estado, lo cual ha quedado desestimado con la argumentación de la Corte IDH.
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Incluso, conocida la resolución de la Corte, el mandatario y su megáfono del Gobierno, RTVC, expusieron otra interpretación: “La Corte Interamericana de Derechos Humanos ratificó que el presidente Petro ya cuenta con medidas cautelares a su favor. Además, abre la puerta para que la defensa del mandatario presente un nuevo caso por actuaciones de organismos del Estado, como el Consejo Nacional Electoral”. Pero esto, según expertos, es una “redundancia” contemplada en la ley.
EL COLOMBIANO conversó con el abogado y profesor de la Universidad Javeriana, Carlos Prieto, sobre este caso: “El presidente pretende repetir los acontecimientos que marcaron su Alcaldía, y que sirvieron para que la CIDH dictara la sentencia de la que él se siente tan orgulloso y que considera su salvoconducto. Por eso, acude ante el organismo internacional en la condición en la que le gusta presentarse, como ’víctima’, solicitando protección ante el proceder de las autoridades judiciales y administrativas”. Jurídicamente, la Procuraduría y el CNE no cumplieron el mismo rol en ambos casos. Entre otras, porque una razón elemental y es que el Consejo Nacional Electoral está en etapa de investigación.
“El problema para el presidente, es que la CIDH está conformada por juristas independientes, que resuelven los asuntos que se les presentan con criterios técnicos y jurídicos, frente a los cuales, los argumentos del equipo jurídico del presidente no tienen posibilidad de prosperar y si se revisa el asunto en perspectiva, se podrá ver que es la constante de la suerte del presidente cuando se enfrenta al poder judicial, y eso solo se explica en una razón: ninguno de sus argumentos es ajustado a Derecho”, agrega el experto.
Lo cierto es que más allá de la discusión jurídica, la estrategia del presidente Petro con la que busca repetir que será víctima de un “golpe de Estado” se repetirá en 2025 y tendrá otros nombres, como quedó demostrado en días recientes. El mandatario dice que también sufrirá un “golpe parlamentario”, pero para poner solo un ejemplo, la presidencia en la Cámara de Representantes está ocupada por una congresista alineado con su agenda como Jaime Raúl Salamanca que ha tenido duros desencuentros, al borde de los golpes, con sectores independientes y de la oposición. Entonces, el discurso del jefe de Estado apuntará a varios frentes para evitar que la atención se concentre en los escándalos que lo rodean como el de UNGRD y en cambio el vehículo electoral tiene como gasolina la idea del golpe como un fantasma que merodea el ambiente.