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Juez de Cúcuta también ordenó suspender bombardeos donde haya menores: ya son cinco fallos

La medida aplica únicamente cuando se tenga conocimiento de la presencia de menores de edad en la zona donde se realizaría el bombardeo.

  • El presidente Abelardo de la Espriella advirtió que una cosa es el control judicial y otra sustituir al Gobierno. Foto: Colprensa
    El presidente Abelardo de la Espriella advirtió que una cosa es el control judicial y otra sustituir al Gobierno. Foto: Colprensa
hace 5 horas
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Tal como ya lo habían hecho otros juzgados, un despacho judicial de Cúcuta ordenó suspender los bombardeos en zonas donde exista información sobre la presencia de menores de edad. Con esta decisión, ya son cinco los pronunciamientos judiciales que han impuesto restricciones a las operaciones aéreas de la Fuerza Pública, en medio de la ofensiva de seguridad del Gobierno de Abelardo de la Espriella.

La nueva orden se suma a otras decisiones adoptadas por jueces en Arauca, Bogotá y Guaviare, que han puesto límites a los bombardeos cuando existe riesgo de que niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados puedan resultar afectados.

La cronología de los cinco fallos judiciales que restringen los bombardeos donde haya menores

La primera decisión la emitió el Juzgado Segundo Administrativo de Arauca, que en julio ordenó suspender los bombardeos contra estructuras armadas en ese departamento hasta que las Fuerzas Militares ajustaran sus protocolos para garantizar la protección de menores.

El juez dio un plazo de dos meses para revisar y modificar los procedimientos utilizados para planear este tipo de operaciones.

Aunque esa decisión fue tomada durante el gobierno de Gustavo Petro, el plazo para cumplirla se extendió hasta después de la posesión de De la Espriella, por lo que sus efectos alcanzaron a la actual administración.

Puede leer: “Una cosa es el control judicial, otra sustituir al Gobierno”: De La Espriella sobre fallos contra bombardeos y fumigaciones | El Colombiano

El segundo pronunciamiento fue el 3 de septiembre, cuando el Juzgado 34 de Familia de Bogotá ordenó al Gobierno y a las Fuerzas Militares abstenerse de realizar bombardeos contra objetivos sobre los cuales existiera información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de menores reclutados o utilizados por grupos armados.

La medida fue provisional y se mantendría mientras se estudiaba de fondo una tutela relacionada con la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

El juzgado también pidió que se verificaran las medidas de precaución existentes y que se estableciera si había alternativas menos lesivas para cumplir los objetivos militares.

Entérese: Tres bombardeos en tres semanas: Ofensiva militar deja más de 20 criminales dados de baja y cuatro menores muertos | El Colombiano

Dos días después, un juzgado de San José del Guaviare adoptó una medida similar. Además, ordenó a las autoridades informar qué protocolos estaban utilizando para identificar a niños y adolescentes en las zonas donde se planean operaciones aéreas y cómo se evaluaban los riesgos para la población civil.

La decisión del Juzgado 34 de Familia de Bogotá no quedó suspendida después de la impugnación presentada por el Gobierno.

El 10 de septiembre, el despacho dejó en firme la medida cautelar que restringe los bombardeos cuando exista posibilidad de presencia de menores. La impugnación había sido presentada, entre otros, por el presidente De la Espriella, el ministro de Defensa y la cúpula militar.

La respuesta del gobierno de Abelardo de la Espriella: acatar pero controvertir

Recientemente, el mandatario aseguró que acatará las decisiones de los jueces y mantendrá el respeto por la separación de poderes. No obstante, dejó claro que esto no implica que su Gobierno renuncie a controvertir jurídicamente aquellos fallos con los que no esté de acuerdo.

“Una cosa es el control judicial y otra muy distinta sustituir al gobierno, al presidente o al mando militar en la conducción operacional del Estado. Respetar no significa renunciar a controvertirlas, especialmente cuando considero que unas medidas riñen con las competencias del presidente de la República”, aseguró.

En ese sentido, reveló que acudirá a la Defensa Jurídica del Estado y a los mecanismos judiciales que considere necesarios para defender las facultades que la Constitución le otorga al jefe de Estado.

“La respuesta no puede ser actuar sin precaución, pero tampoco puede ser paralizar al Estado. Nuestra respuesta tiene que ser mejor inteligencia, mayor precisión operacional, evaluación rigurosa de cada objetivo y protección reforzada de los menores, sin renunciar nunca a la obligación constitucional de enfrentar a las organizaciones narcoterroristas que amenazan a los colombianos”, aseguró.

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En otras noticias: Gobierno respondió a suspensión de plan piloto para fumigación aérea de cultivos ilícitos, ¿qué sigue?

Bloque de preguntas y respuestas

¿Cuántos fallos judiciales han ordenado suspender bombardeos en Colombia?
Hasta el momento, cinco despachos judiciales han emitido pronunciamientos que restringen u ordenan suspender las operaciones aéreas de la Fuerza Pública en zonas con presencia confirmada o probable de menores de edad reclutados
¿Cuáles son las regiones del país con restricciones judiciales a bombardeos?
Las medidas cautelares y órdenes judiciales se han dictado en departamentos y ciudades como Arauca, San José del Guaviare y, más recientemente, en Cúcuta, afectando la planeación de misiones militares.
¿Cuál ha sido la reacción del gobierno de Abelardo de la Espriella ante los fallos?
El presidente aseguró que acatará las decisiones judiciales en respeto a la separación de poderes, pero anunció que acudirá a la Defensa Jurídica del Estado para controvertir aquellas medidas que, a su juicio, sustituyen al Ejecutivo.

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