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Gobierno elimina cuota moderadora y copago en EPS para estos afiliados: conozca los requisitos para acceder al beneficio

La medida estará vigente durante 12 meses y también contempla la exención de copagos para las personas afectadas por el sismo del 10 de agosto que estén reconocidas oficialmente como damnificadas.

  • La medida quedó contemplada en el Decreto 1415 de 2026 y tendrá una vigencia de 12 meses. FOTO: EL COLOMBIANO
    La medida quedó contemplada en el Decreto 1415 de 2026 y tendrá una vigencia de 12 meses. FOTO: EL COLOMBIANO
hace 4 horas
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El Gobierno nacional estableció una exención temporal de cuotas moderadoras y copagos en las EPS para las personas damnificadas por el terremoto de magnitud 7,4 ocurrido el 10 de agosto de 2026, cuyo epicentro estuvo en San José del Palmar, Chocó.

La medida está contemplada en el Decreto 1415 de 2026 y cobija a quienes estén registrados oficialmente como afectados por la emergencia y tengan validada su afiliación al sistema de salud.

La disposición busca reducir las barreras económicas que puedan dificultar el acceso a servicios médicos después de la emergencia, especialmente en los casos en los que las familias hayan tenido una disminución o interrupción de sus ingresos debido a las afectaciones ocasionadas por el sismo.

Sin embargo, el beneficio no se aplica automáticamente a todas las personas que hayan resultado afectadas. Para acceder a la exención es necesario cumplir con las condiciones establecidas en el decreto.

Estos son los requisitos para acceder al beneficio

El primer requisito es que la persona haya sido reconocida oficialmente como damnificada por el terremoto y figure en el Registro Único de Damnificados (RUD) de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

A esto se suma una segunda condición: el afiliado debe tener validada su información en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA).

La medida cobija a personas pertenecientes tanto al régimen contributivo como al régimen subsidiado del sistema de salud.

En ese sentido, los requisitos para acceder al beneficio son:

1. Estar registrado como damnificado por el sismo del 10 de agosto de 2026 en el RUD de la UNGRD.

2. Tener la afiliación al sistema de salud validada en la BDUA.

3. Pertenecer al régimen contributivo o al régimen subsidiado.

El cumplimiento de estas condiciones permitirá que el afiliado acceda a la exención establecida en el Decreto 1415 de 2026.

La medida tendrá una duración de 12 meses

La exención tendrá una vigencia de 12 meses. Durante ese periodo, las personas que cumplan los requisitos no deberán asumir cuotas moderadoras ni copagos relacionados con los servicios y tecnologías en salud que requieran.

El beneficio podrá utilizarse en cualquier lugar del país donde el afiliado reciba atención. Por lo tanto, la aplicación de la medida no estará limitada al departamento del Chocó ni al municipio donde ocurrió la emergencia.

Durante el periodo de vigencia, las EPS no podrán exigir el pago de cuotas moderadoras o copagos como condición para prestar servicios, autorizar atenciones o entregar tecnologías en salud a los beneficiarios de la medida.

Además, los valores correspondientes a servicios prestados durante el periodo de la exención tampoco podrán ser cobrados posteriormente a las personas beneficiadas.

De acuerdo con las disposiciones establecidas, estos cobros tampoco podrán trasladarse a los prestadores o proveedores de los servicios de salud.

La medida hace parte de las acciones para atender la emergencia

El sismo del 10 de agosto generó afectaciones en diferentes municipios y llevó al Gobierno a adoptar medidas dirigidas a garantizar la atención de las personas damnificadas.

La exención de cuotas moderadoras y copagos se concentra específicamente en quienes hayan sido reconocidos oficialmente como damnificados y cumplan con la validación de afiliación establecida. De esta manera, una persona que se considere afectada por el terremoto, pero que no figure en los registros exigidos, no queda cobijada automáticamente por esta disposición.

El Decreto 1415 de 2026 también contempla medidas relacionadas con la atención en salud de las zonas afectadas, entre ellas acciones para recuperar hospitales públicos que hayan sufrido daños y mecanismos para respaldar la continuidad de los servicios.

La decisión coincide con el plan de choque para el sistema de salud

La medida fue anunciada en un momento en el que el Gobierno también puso en marcha un plan de choque para atender a pacientes que tienen medicamentos y procedimientos pendientes.

Según las cifras presentadas por el Ejecutivo, entre enero y julio de 2026 se registraron más de 1,2 millones de reclamos ante la Superintendencia Nacional de Salud, de los cuales el 92 % correspondió a barreras de acceso.

A partir del cruce de información, el Gobierno identificó 1.069.196 usuarios con atenciones represadas.

La primera fase de la estrategia contempla cuatro pasos:

-Identificar a los usuarios afectados.

-Determinar el servicio específico que requieren y la entidad responsable de garantizarlo.

-Destrabar los recursos financieros necesarios.

-Hacer seguimiento hasta comprobar que la atención fue efectivamente entregada.

Para respaldar esta estrategia, el Gobierno anunció un mecanismo extraordinario de compra de cartera dirigida con 0 % de interés y un año de gracia.

De la Espriella señaló que no se trata de un “cheque en blanco” para las EPS y que el flujo de recursos será vigilado por una mesa técnica conformada por el Ministerio de Salud, la Superintendencia Nacional de Salud y la ADRES.

Así, la exención de cuotas moderadoras y copagos establecida mediante el Decreto 1415 tiene un alcance específico: durante 12 meses, los damnificados por el terremoto que estén registrados en el RUD y tengan validada su afiliación en la BDUA podrán recibir los servicios y tecnologías en salud que requieran sin asumir estos cobros.

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Bloque de preguntas y respuestas:

¿Cómo saber si estoy registrado como damnificado por el terremoto en el RUD?
El beneficio aplica a quienes figuren oficialmente como damnificados en el Registro Único de Damnificados (RUD) de la UNGRD. La noticia no especifica el procedimiento para consultar el registro.
¿La exención de cuota moderadora también elimina los copagos en las EPS?
Sí. El Decreto 1415 de 2026 contempla la exención tanto de cuotas moderadoras como de copagos para quienes cumplan los requisitos establecidos.
¿El beneficio aplica a afiliados del régimen contributivo y subsidiado?
Sí. La medida cobija a los afiliados que pertenezcan tanto al régimen contributivo como al régimen subsidiado.
¿Cuánto tiempo no tendrán que pagar cuota moderadora los beneficiarios?
La exención tendrá una duración de 12 meses, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1415 de 2026.

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