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Paz total a doble carril: mientras Petro alista ley, Fiscalía fija nuevas reglas

Mientras el Gobierno radica proyecto de sometimiento, la Fiscalía se anticipó con una directiva que endurece reglas, pero deja beneficios vigentes para los armados.

  • La fiscal Luz Adriana Camargo fijó nuevos lineamientos para la suspensión temporal de órdenes de captura de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley. FOTO COLPRENSA
    La fiscal Luz Adriana Camargo fijó nuevos lineamientos para la suspensión temporal de órdenes de captura de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley. FOTO COLPRENSA
hace 6 horas
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Empezó la cuenta regresiva para que el presidente Gustavo Petro convierta en realidad varias de sus promesas, y una de las más ambiciosas, la paz total, sigue acumulando más tropiezos que resultados.

Mientras el mandatario se alista para defender en el Congreso un polémico proyecto de ley que daría un trato penal especial a integrantes de grupos armados y estructuras criminales, la Fiscalía General se le adelantó con una directiva que parece ponerle freno a tanta concesión.

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Con nuevas reglas, el ente acusador lanza una señal de “mano firme”, aunque en el fondo sigue dejando ventanas abiertas que permiten beneficios a los mismos actores que el Gobierno quiere sentar a negociar.

Se trata de la Directiva 0003 de 2025, firmada por la fiscal general Luz Adriana Camargo, mediante la cual se regulan los procedimientos para suspender órdenes de captura a integrantes de estructuras armadas ilegales con las que el Gobierno sostiene diálogos, acercamientos o negociaciones.

Una maniobra que se mueve entre la presión institucional por marcar límites al proceso de paz total y la necesidad política de no bloquearlo del todo.

El documento fija criterios sobre lo que ocurrirá con las personas que tienen órdenes de captura suspendidas por cuenta de su vinculación a negociaciones de paz. Advierte que cuando la flagrancia involucre delitos de lesa humanidad, como homicidios selectivos, tortura o violencia sexual, la captura será sometida a control judicial.

“Si la persona que, teniendo suspendidas las órdenes de captura emitidas en su contra, fuere sorprendida en situación de flagrancia por delitos de lesa humanidad, crímenes contra el Derecho Internacional Humanitario o graves violaciones a los derechos humanos, su captura se someterá a control judicial, y de contarse con respaldo suficiente, se realizará la formulación de imputación y se solicitará la imposición de medida de aseguramiento”, precisa la resolución.

En el caso de las órdenes con fines de extradición, uno de los puntos más polémicos del modelo de paz total, se aclara que solo podrán suspenderse cuando la negociación esté en una etapa avanzada, sin definir con claridad qué se entenderá por “avanzada”.

Respecto a este punto, la Fiscalía envía un mensaje ambiguo. Si bien afirma que se prioriza la expectativa nacional de paz sobre los acuerdos internacionales de cooperación judicial, también aclara que las órdenes de captura con fines de extradición solo se suspenderán si la negociación con el grupo armado está en una fase avanzada.

Expertos advierten que mientras la Fiscalía promete un margen de protección para los negociadores, deja abierta la puerta a la extradición en caso de que el proceso no avance, lo que puede generar incertidumbre tanto para los actores ilegales como para los países aliados en materia judicial.

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“Se prioriza la expectativa nacional de la paz total por encima de acuerdos internacionales de cooperación judicial, en la medida en que autoriza, en un estado avanzado de la negociación, la creación de una zona de ubicación temporal que apareja como consecuencia, automáticamente, la suspensión de todas las órdenes de captura de los miembros representantes y/o de los integrantes de los grupos armados ilegales, incluidas aquellas emitidas con fines de extradición”, señala la directiva, a la vez que aclara que las suspensiones no son indefinidas y podrán ser revocadas si los beneficiarios incumplen sus obligaciones o si se presentan nuevas circunstancias que justifiquen su captura.

Concesiones

De otro lado, el documento también arroja una especie de salvavidas para los negociadores designados por los grupos armados ilegales.

Sostiene que esas personas podrán quedar en libertad cuando sean capturadas en flagrancia por delitos como concierto para delinquir o fabricación de armas, es decir, hechos directamente ligados al conflicto armado.

La directiva advierte que podrán recibir beneficios como la suspensión de las órdenes de captura, siempre y cuando el Gobierno los incluya en los listados oficiales de supuestos participantes en procesos de diálogo o paz. A esto se suma que la Fiscalía instruye a sus funcionarios a no emitir nuevas órdenes de captura contra quienes ya cuenten con una suspensión vigente.

Precisa que los procesos penales seguirán abiertos, pero sin detenciones mientras la suspensión esté en pie. Críticos sostienen que lo que muestra la Fiscalía, en el fondo, es una estrategia de doble carril.

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Por un lado, envía a la opinión pública el mensaje de un mayor rigor frente a los beneficios que recibirían delincuentes o guerrilleros, enarbolando el principio de separación de poderes; pero en lo jurídico, parece mantener intacta la posibilidad de que los actores armados sigan recibiendo beneficios sustanciales, aun sin avances verificables en las negociaciones.

Esta nueva directiva deberá articularse con el controvertido proyecto de sometimiento que lidera el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, considerado el último intento del Gobierno por mostrar avances concretos en su política de Paz Total. Hasta ahora, el documento ha sido presentado con escasos detalles y su defensa ha recaído únicamente en el ministro, quien ha mezclado tecnicismos, referencias históricas y comparaciones con normativas del pasado.

En teoría, según el borrador conocido, la propuesta busca el desarme colectivo de estructuras de crimen organizado sin carácter político, ofreciendo beneficios como cumplir penas en cárceles de mínima seguridad o quedar en libertad tras haber cumplido entre cinco y ocho años de condena.

Según el borrador, aquellos cabecillas de grupos que cumplan con los requisitos de entrega de armas, cese de actividades delictivas y cooperación judicial, recibirían sentencias de cinco a ocho años de prisión. Sin embargo, si ya están presos y han cumplido ese tiempo, podrían solicitar libertad condicional, incluso si les restaban más años por cumplir bajo la justicia ordinaria.

Así, mientras el presidente Petro intenta revivir el corazón de su política de paz en el Legislativo, la Fiscalía deja claro que no lo enfrentará de frente, pero tampoco lo apoyará sin matices.

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