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Exrectores exigieron a la Procuraduría intervenir para el regreso de Peña a la dirección de la Universidad Nacional

El objetivo de esta solicitud, de acuerdo con el grupo de exrectores, es solucionar la crisis de gobernabilidad que atraviesa la institución con el fin de darle celeridad al caso que tiene en vilo a la comunidad educativa.

  • Los académicos sostuvieron que el precedente judicial establece con claridad que la nulidad de un acto administrativo implica que este desaparece del ordenamiento jurídico como si nunca hubiera existido. FOTO: Universidad Nacional (Unal) y Colprensa
    Los académicos sostuvieron que el precedente judicial establece con claridad que la nulidad de un acto administrativo implica que este desaparece del ordenamiento jurídico como si nunca hubiera existido. FOTO: Universidad Nacional (Unal) y Colprensa
  • José Ismael Peña Reyes, profesor de la Facultad de Ingeniería de la UNAL Sede Bogotá, quien aspira a la rectoría de la Universidad Nacional. FOTO: Colprensa / Unal
    José Ismael Peña Reyes, profesor de la Facultad de Ingeniería de la UNAL Sede Bogotá, quien aspira a la rectoría de la Universidad Nacional. FOTO: Colprensa / Unal
  • Esta postura se alinea con la sentencia del 4 de septiembre de 2025, fecha en la que el mismo Consejo de Estado validó la elección original de Peña. FOTO: Manuel Saldarriaga
    Esta postura se alinea con la sentencia del 4 de septiembre de 2025, fecha en la que el mismo Consejo de Estado validó la elección original de Peña. FOTO: Manuel Saldarriaga
  • El procurador general de la nación, Gregorio Eljach. FOTO: Colprensa
    El procurador general de la nación, Gregorio Eljach. FOTO: Colprensa
16 de diciembre de 2025
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Un grupo conformado por diez exrectores de la Universidad Nacional de Colombia radicó una solicitud formal ante la Procuraduría General de la Nación exigiendo la intervención inmediata del ente de control para resolver la crisis de gobernabilidad que atraviesa la institución y garantizar el cumplimiento de las sentencias judiciales que definieron la legitimidad de la rectoría.

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En una misiva dirigida al procurador general este martes 16 de diciembre, Gregorio Eljach, los ex directivos argumentaron que es imperativo poner fin a la incertidumbre administrativa, tras las recientes decisiones de la Sección Quinta del Consejo de Estado.

Según los firmantes, el alto tribunal ratificó la legalidad de la elección de José Ismael Peña Reyes y, posteriormente, anuló la designación de Leopoldo Múnera Ruiz, lo que configura un escenario jurídico que no admite dilaciones en su ejecución.

José Ismael Peña Reyes, profesor de la Facultad de Ingeniería de la UNAL Sede Bogotá, quien aspira a la rectoría de la Universidad Nacional. FOTO: Colprensa / Unal
José Ismael Peña Reyes, profesor de la Facultad de Ingeniería de la UNAL Sede Bogotá, quien aspira a la rectoría de la Universidad Nacional. FOTO: Colprensa / Unal

Los académicos sostuvieron que el precedente judicial establece con claridad que la nulidad de un acto administrativo implica que este desaparece del ordenamiento jurídico como si nunca hubiera existido.

Bajo esta premisa, explicaron que la designación de Múnera carece de efectos y, en consecuencia, no existe una vacancia en el cargo, sino la necesidad de que Peña asuma de inmediato sus funciones como rector legítimo sin requerir una nueva posesión.

El documento enfatizó la preocupación por el manejo que se le dio a la autonomía universitaria en los últimos meses.

“Consideramos que es urgente defender a toda costa la autonomía universitaria y no entregarla al gobierno de turno, anteponiendo el interés personal al de la Universidad Nacional de Colombia”, señalaron los ex rectores en su comunicación, instando al Ministerio Público a usar sus funciones preventivas para exhortar al Consejo Superior Universitario (CSU) a reincorporar a Peña.

Los fundamentos del fallo judicial

La petición de los ex rectores se soporta en la sentencia del pasado 20 de noviembre de 2025, en la cual el Consejo de Estado dejó sin piso jurídico la resolución que nombró a Leopoldo Múnera.

El tribunal determinó que el CSU se extralimitó en sus funciones al intentar corregir una actuación administrativa que ya estaba cerrada y en firme. La corporación judicial explicó que el organismo universitario utilizó de manera errónea el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011 para revocar la elección inicial de Peña.

Los magistrados concluyeron que el proceso electoral había finalizado el 21 de marzo de 2024, momento en el que Peña obtuvo los votos necesarios, por lo que la maniobra del CSU para reabrir la elección meses después fue ilegal.

Esta postura se alinea con la sentencia del 4 de septiembre de 2025, fecha en la que el mismo Consejo de Estado validó la elección original de Peña. FOTO: Manuel Saldarriaga
Esta postura se alinea con la sentencia del 4 de septiembre de 2025, fecha en la que el mismo Consejo de Estado validó la elección original de Peña. FOTO: Manuel Saldarriaga

Dicha norma permite subsanar irregularidades, pero únicamente antes de que el acto administrativo final sea expedido. El fallo advirtió que el Consejo Superior actuó sin competencia al realizar un estudio de legalidad sobre sus propios actos, una facultad que es exclusiva de los jueces de la República.

Al comportarse como un tribunal administrativo, el ente universitario vulneró el principio de la división de poderes y la presunción de legalidad que amparaba la elección de Peña.

Asimismo, la justicia desestimó el argumento de que la falta de la firma de la entonces ministra de Educación, Aurora Vergara, en el acta de designación invalidaba la elección.

El Consejo de Estado ratificó que la decisión nació a la vida jurídica con la votación mayoritaria y que la ausencia de la firma fue un asunto puramente formal que no tenía la capacidad de borrar la realidad de la elección.

Las advertencias por parte de la Procuraduría

Previo a la carta de los ex rectores, la Procuraduría ya requirió formalmente a las directivas de la universidad y al Ministerio de Educación para que acaten el fallo de nulidad.

El ente de control advirtió que los hechos analizados por la justicia constituyen un riesgo disciplinario verificable para quienes intervinieron en actuaciones para las cuales no tenían competencia.

La delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública anunció un seguimiento técnico a la transición institucional y señaló que verificará si corresponde aplicar medidas de responsabilidad y repetición frente a las decisiones adoptadas fuera del orden jurídico.

El Ministerio Público recordó que las actuaciones electorales no pueden modificarse unilateralmente una vez se ha expresado la voluntad del elector y se ha agotado el trámite.

El procurador general de la nación, Gregorio Eljach. FOTO: Colprensa
El procurador general de la nación, Gregorio Eljach. FOTO: Colprensa

Esta postura se alinea con la sentencia del 4 de septiembre de 2025, fecha en la que el mismo Consejo de Estado validó la elección original de Peña, confirmando que el método de votación Borda utilizado se ajustó a los reglamentos y fue aprobado por las mayorías requeridas, desvirtuando las denuncias sobre irregularidades en el procedimiento.

La crisis que motivó la intervención de los exrectores y los organismos de control se originó tras la sesión del 21 de marzo de 2024. Aunque Leopoldo Múnera ganó una consulta no vinculante entre la comunidad académica, el CSU, en uso de su facultad legal de designación, eligió a José Ismael Peña.

Esta decisión desencadenó protestas y la negativa del Gobierno a firmar el decreto de nombramiento, situación que llevó a Peña a tomar posesión en una notaría.

Posteriormente, el CSU expidió una resolución para corregir el proceso y nombrar a Múnera, acto que finalmente fue declarado nulo por la justicia administrativa, devolviendo la situación al punto inicial donde Peña figura como el rector legalmente elegido.

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