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La Corte Constitucional aplazó la toma de su decisión sobre la segunda instancia para el exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, para el próximo miércoles.
Es de recordar que en manos de la Sala Plena de la Corte Constitucional está la decisión que podría darle un nuevo rumbo al caso de Arias, condenado a 17 años y 5 meses de prisión por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, por la comisión de los delitos de peculado por apropiación y celebración indebida de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, por los malos manejos del programa Agro Ingreso Seguro que en su mayoría terminó en manos de grandes terratenientes y no de los pequeños productores, como estaba previsto.
El 30 de septiembre de 2019, por auto de Sala de Selección Número Nueve, la Corte Constitucional seleccionó para su revisión los fallos de tutela proferidos por la Corte Suprema de Justicia, en primera instancia, por la Sala de Casación Civil y, en impugnación, por la Sala de Casación laboral, que negaron las pretensiones de amparo invocadas por el ciudadano Andrés Felipe Arias contra la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
A través de la acción constitucional Arias solicitó (i) proteger sus derechos al debido proceso e impugnación de la sentencia condenatoria y del principio de favorabilidad, entre otros y, en consecuencia, (ii) dejar sin efectos el Auto de 13 de febrero de 2019, por el cual la autoridad demandada declaró improcedente la impugnación invocada contra la sentencia condenatoria de 16 de julio de 2014, de la misma Sala de Casación Penal.
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La Sala Penal de la Corte Suprema, que condenó a Arias, era el más alto tribunal que existía para ese momento, y no había otro superior al cual acudir, “esa era la ventaja con la que contaban los aforados, que no serían juzgados por cualquier juez, sino los mejores y más importantes del país”, como dijo el constitucionalista de Eafit, David Suárez.
Segunda instancia retroactiva
Andrés Felipe pidió la protección de organismos internacionales como el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, que aseguró hace dos años que la justicia colombiana le negó el derecho que tiene cualquier ciudadano a apelar su sentencia.
El Congreso emitió el Acto Legislativo 01 de 2018, por medio del cual se crea el derecho a la doble instancia y a impugnar la primera sentencia condenatoria, y se les dio vida a las Salas Especiales de Instrucción y de Primera Instancia en la Sala Penal.
Ninguna de esas novedosas herramientas están hasta hoy al alcance de las 232 personas que como Arias fueron condenadas en una única instancia en la Corte Suprema de Justicia, entre 1991 y 2018. Entre las que se incluyen desde el Proceso 8.000 hasta la parapolítica, las chuzadas del DAS, la Yidispolítica, y la corrupción en las regiones.