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Remiten a la Comisión de Acusación demanda que pide “tumbar” de sus cargos a Gustavo Petro y Francia Márquez

El Consejo de Estado explicó que la competencia es de la Comisión de Acusación, donde avanza otro trámite contra Gustavo Petro por presunta violación a los topes de la campaña presidencial en el año 2022.

  • Comisión de Acusación estudiará solicitud de declarar la pérdida de cargo del presidente, Gustavo Petro y la vicepresidenta, Francia Márquez. FOTO: Colprensa
    Comisión de Acusación estudiará solicitud de declarar la pérdida de cargo del presidente, Gustavo Petro y la vicepresidenta, Francia Márquez. FOTO: Colprensa
21 de mayo de 2024
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El Consejo de Estado declaró que no tenía jurisdicción para pronunciarse sobre la pérdida del cargo del presidente Gustavo Petro y la vicepresidenta Francia Marquez por la violación de topes electorales en la campaña Petro Presidente.

Con ponencia del magistrado Omar Joaquin Barreto Suarez, el Consejo de Estado consideró que el Consejo Nacional Electoral es la única institución con la jurisdicción de investigar y sancionar administrativamente las campañas electorales y solo la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes puede investigar al Presidente.

Por esa razón, el alto tribunal ordenó remitir el expediente a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, de acuerdo con los artículos 109 de la Constitución Política y 21 de la Ley 996 de 2005.

En cuanto al cargo de Francia Márquez, la corporación explicó que, aunque no existe norma que especifique cómo se debe proceder frente a la figura de la vicepresidenta, al tratarse de la misma campaña, el Congreso debe realizar las investigaciones correspondientes e imponer las sanciones a que haya lugar.

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Añade el fallo, que de confirmarse la violación de topes en la campaña, dicha irregularidad afectaría ambos cargos y en consecuencia el análisis de la demanda deberá hacerse de manera unificada por tratarse de una misma campaña.

“Le corresponde al Congreso, de ser el caso, adelantar el proceso de la pérdida del cargo de los integrantes de la fórmula a la presidencia, puesto que el estudio que se haga sobre la violación de los topes afecta a los dos integrantes de la fórmula presidencial”, argumenta la decisión.

Al revisar la decisión, el abogado José Manuel Abuchaibe, recordó que desde el 3 de mayo de 2023, la Comisión de Acusación tramita una denuncia que su despachó radicó por violación a los topes electorales en la campaña del Pacto Histórico.

Destacó que el Consejo de Estado le da la razón en el sentido de que el recurso debe tramitarse como juicio de indignidad política y no de carácter penal, como actualmente viene haciéndose.

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“Hemos venido solicitando a la Comisión de Acusaciones que se proceda a corregir el tramite de nuestra denuncia para que no se siga judicializando como penal la violación de topes electorales por parte del presidente Gustavo Petro, ya que debe ser un juicio político por indignidad y por violación constitucional del artículo 109”, dice el jurista.

Abuchaibe, recordado por demandar la curul de Antanas Mockus en el Senado, dice que la decisión del alto tribunal respalda sus solicitudes, de cambiar el sentido del tramite, cuando en el fallo apunta lo siguiente:

”Tratándose del ganador de las elecciones presidenciales, la sanción de la pérdida del cargo es de competencia del Congreso, la cual se deberá tramitar como el juicio de indignidad política”, se lee en la decisión del Consejo de Estado.

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Por presunta violación de los topes de la campaña, la semana pasada los magistrados del Consejo Nacional Electoral, Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz, radicaron el proyecto de ponencia de formulación de cargos y apertura de investigación formal en contra del presidente, Gustavo Petro y el entonces gerente de la campaña, Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol.

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