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son las campañas para el plebiscito, según el CNE: El Sí, el No y la abstención.
“Las cuentas claras y el chocolate espeso”. Ese refrán, tan popular en el país, cobró vigencia en el momento en que el presidente Juan Manuel Santos hizo pública, a través de un decreto, la pregunta que estará impresa en los tarjetones del plebiscito, el próximo 2 de octubre.
“¿Apoya usted el acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera?”
Según la Sentencia C-379 de 2016 de la Corte Constitucional, que declaró exequible la ley estatutaria del plebiscito, el interrogante en una eventual convocatoria al pueblo no es si está de acuerdo con que el derecho a la paz continúe vigente, “sino únicamente si avala un acuerdo en específico suscrito entre el Gobierno Nacional y el grupo armado ilegal”.
EL COLOMBIANO le consultó a expertos de varias universidades si la pregunta del plebiscito es clara o espesa.
Frederic Masse, director del Centro de Investigaciones de la Universidad Externado, dijo que, aunque la pregunta es clara, no es neutral, porque se presta para una doble interpretación. Agregó que le gustaría que la Corte diga que no es apoyar sino aprobar, que no es la terminación del conflicto, sino la terminación del conflicto con las Farc.
“En los discursos el presidente Santos menciona la terminación del conflicto con las Farc, eso es lo correcto, porque existen otros grupos. Hay que esperar qué dice la Corte, pero no creo que el Gobierno haya hecho la formulación sin consultarles”, afirmó Masse.
“Es inductiva”
Para Andrés Felipe Bernal, de la Escuela de Política de la Universidad Sergio Arboleda, la Corte fue clara al establecer que la pregunta del plebiscito debía ser concisa y no confusa, pero aunque quedó clara, también es tendenciosa e inductiva, porque supone una respuesta encaminada a si la persona quiere paz o no.
“¿No pueden querer los colombianos una paz duradera y estable, un derecho fundamental, sin estar de acuerdo con lo pactado en La Habana? ¿Debe entender el ciudadano que este acuerdo supone el fin del conflicto incluyendo aquel con el Eln, Epl, bacrim y demás grupos?”.
Bernal agregó que según los lineamientos de la Corte, la pregunta debería estar encaminada a preguntar al ciudadano si aprueba lo acordado entre el Gobierno y las Farc, “pero ambos sujetos, inexistentes en la pregunta, cargan una imagen negativa ante la opinión pública que podría trascender en un resultado negativo para el plebiscito”.
Por su parte, Francisco Bernate Ochoa, docente de la facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, afirmó que la pregunta dista del ideal, no sólo por la inclusión de la palabra paz sino porque señala que la misma será estable y duradera. “Con ello se está generando precisamente lo que se quiso evitar: que no se ponga al elector a elegir entre la paz o la guerra”.
En esto coincide Luisa Fernanda García, docente de la facultad de Jurisprudencia de la misma Universidad. Consideró que es tendenciosa porque involucra el derecho a la paz, un deber de obligatorio cumplimiento en la Carta.
“Agregar que entraríamos en un periodo de paz estable y duradera es una presunción que es difícilmente comprobable desde ya. Además, no se mencionan las palabras Gobierno y Farc porque generan un sentimiento negativo. En ultimas la finalidad del plebiscito es indagar sobre lo emocional y no sobre lo racional”.
“Acata a la Corte C.”
Otros académicos expresaron que la pregunta es constitucional y ajustada a la Sentencia C-379. Entre ellos está Francisco Barbosa, docente de Derecho Constitucional de la Universidad Externado, quien dijo que el Gobierno la ajustó al título del acuerdo, y que implícitamente tienen el componente de Gobierno y Farc.
Para Yann Basset, director del Observatorio de Procesos Electoral de la Universidad del Rosario, mencionar la palabra paz no genera suspicacia, pues de eso se trata, aunque lo de estable y duradera suena excesivo, pero se ajusta al título del acuerdo. “Hubiera sido deseable poner comillas para evitar polémica”.
Según Juan Carlos Rodríguez, director del Observatorio para la Democracia de la Universidad de Los Andes, la pregunta transcribe el nombre del acuerdo, que es el que los ciudadanos deben refrendar o no. “Se ajusta a lo que recomendó la Corte. Era esperable que a quienes están en contra del proceso de paz no les guste y probablemente objetarían cualquier redacción que proponga el Gobierno”.
Bernardita Pérez, constitucionalista de la Universidad de Antioquia, precisó que la sentencia dijo que el plebiscito es un acto político con el que el presidente pretende escuchar a los ciudadanos sobre lo acordad en La Habana, por tanto la pregunta no puede contener los temas que hacen parte del acuerdo final.
“Contiene lo que se le debía consultar. Somos un país de letra menuda, donde todo hay que decirlo, pero a quien hay que decirle cada detalle de lo que se va a acordar, en medio de la menudencia, se enreda. La Corte prohibió fue preguntarle al pueblo si quiere o no la paz, porque es valor fundamental de la Constitución”.
Juan Carlos Vásquez, decano de Derecho de la Universidad de Medellín, dijo que la parte inicial se esperaba, porque la Corte pidió una pregunta no para decir sí o no a la paz, sino sobre un acuerdo de La Habana.
“La discusión surge en la segunda parte, donde dice la finalidad: una paz estable y duradera. Esto podría generar desequilibro en la medida en que lo que se debía preguntar era Sí o No a los acuerdos de La Habana, pero en últimas eso es lo que se busca, la paz”.
Vásquez agregó que no era necesario incluir las palabras Gobierno y Farc, porque si bien el acuerdo es con la Farc, los acordado no deja al margen otros posibles responsables de delitos, pues el Tribunal Especial para la Paz juzgará a civiles y militares.
El plebiscito de 1957
Tras la salida del general Gustavo Rojas Pinilla del poder, la Junta Militar del Gobierno en transición decidió convocar un plebiscito para el primero de diciembre de 1957, con el objetivo de que los ciudadanos ratificaran o negaran una propuesta de reforma constitucional de 14 artículos, sellada por el acuerdo bipartidista del Frente Nacional.
En total 4.169.294 personas votaron por el Sí y solo 206.864 se inclinaron por el No. En blanco votaron 20.738 ciudadanos.
Según José Fernando Rubio, director del programa de Historia de la Universidad Externado, en estricto sentido fue más un refrendo, porque se estableció una reforma a la Constitución de 1886 para sancionar el nuevo ordenamiento político. Las papeletas con el Sí, el No y el voto en blanco se distribuyeron sin ninguna pregunta.
En el plano internacional el último ejercicio de consulta fue el Brexit. La pregunta inicial del parlamento (¿Debe el Reino Unido seguir siendo miembro de la UE) fue precisada por la autoridad electoral: (¿Debe el Reino Unido continuar siendo miembro de la UE o debe dejar la UE?).
3.920
millones de pesos fue el tope máximo que dispuso el CNE para campañas nacionales.