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Rodolfo Correa, habilitado para ejercer su cargo: CNE

Según este ente, el secretario de Agricultura de Antioquia Rodolfo Correa no vulneró el Estatuto de Oposición.

  • El secretario de Agricultura de Antioquia, Rodolfo Correa Vargas, con la decisión del CNE seguirá habilitado para ejercer su cargo en la Gobernación de Antioquia. FOTO Carlos Velásquez
    El secretario de Agricultura de Antioquia, Rodolfo Correa Vargas, con la decisión del CNE seguirá habilitado para ejercer su cargo en la Gobernación de Antioquia. FOTO Carlos Velásquez
27 de marzo de 2021
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Hace un par de días se conoció que el Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió el caso que llevaba el secretario de Agrilcutura de Antioquia, Rodolfo Correa, frente a su nombramiento en este cargo y una presunta inhabilidad para ejercerlo.

El CNE decidió que Correa está habilitado en su cargo como secretario, el cual podrá seguir ejerciendo y cumpliendo a cabalidad.

La respuesta del CNE se dio luego de que la presidenta del partido Alianza Social Independiente (ASI), Sor Berenice Bedoya Pérez, hiciera una solicitud ante esta entidad argumentando una presunta vulneración al artículo 29 de la Ley 1909 de 2018, más conocida como el Estatuto de oposición política.

En pocas palabras, el partido ASI acusó a Correa de haber vulnerado el Estatuto de Oposición.

¿Cómo inició el proceso?

Todo comenzó con Correa lanzándose a la Gobernación de Antioquia para el periodo 2020-2023, con el aval del partido ASI. Este abogado recibió 72.796 votos en esa ocasión, en elecciones que terminó ganando Anibal Gaviria.

Tiempo después, ASI decidió declararse como partido de oposición frente al gobierno de Gaviria, petición que con tropiezos fue aceptada.

En enero de 2020, Correa, quien había tenido el aval del partido ASI en la contienda electoral, fue designado por el gobernador Gaviria como secretario de Agricultura de Antioquia, cargo que hoy posee.

El secretario Correa dijo a EL COLOMBIANO que no vulneró nada porque “el partido ASI se declaró en oposición de forma extemporánea, y ocho meses después a mi vinculación al cargo. La inhabilidad surge a partir del momento en que el partido se declara en oposición, a partir de ahí quien haya sido candidato dentro de los 12 meses anteriores no puede ocupar ningún cargo en el gobierno”, aseguró Correa.

El antecedente legal

La solicitud que resolvió el CNE tiene como antecedente una petición de la presidenta Bedoya, radicada el 24 de febrero, en la que dijo que “el artículo 29 del Estatuto de Oposición establece un mecanismo de protección a las organizaciones políticas declaradas en oposición a los gobiernos departamentales, (...) el cual consiste en que mientras se mantenga la declaratoria de oposición, quienes hayan sido candidatos a cargo de elección popular, avalados por los partidos declarados en oposición, (...) no podrán ser designados en cargos de autoridad política o administrativa en el Gobierno, ni dentro de los doce (12) meses siguientes a su retiro de la organización política”.

Con esto, Bedoya se refería al secretario Correa, quien dijo a este medio que se posesionó en enero de 2020, “y el partido se declaró en oposición en agosto de 2020, por lo tanto mi nombramiento fue anterior, y eso fue lo que concluyó por unanimidad el CNE: que no me encuentro incurso en ninguna inhabilidad”.

Para Correa, su principal tarea está en concentrarse en su labor en la secretaría de trabajar por el campo

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