A pesar de que el proceso revocatorio ha tenido mil y un tropezones, desde la recolección de firmas hasta el análisis de los estados contables, sus organizadores no se resignan a que la revocatoria se caiga. El pasado martes, el Consejo Nacional Electoral, en cabeza del magistrado César Abreo, levantó la suspensión de la revisión de los estados contables, que estaba detenida desde el 18 de enero. La noticia, como era lógico, levantó el ánimo de los revocadores, que ahora piensan en el cronograma y el esperado fin del proceso.
El optimismo inicial, sin embargo, disminuyó cuando la sala plena del CNE —que se reunió el jueves— no tomó una decisión sobre la certificación de las cuentas de la revocatoria. Ahora habrá que esperar hasta el 19 de abril, cuando la sala se reúna de nuevo.
Y es que hay premura. La Constitución establece que no puede haber elecciones 18 meses antes de que el mandatario termine su cargo. Así lo explicó Guillermo Mejía, exmagistrado del CNE.
Es decir, la revocatoria debe votarse antes del 1 de junio pues, según la Registraduría, una vez sea revocado, se debe llamar a las elecciones para el nuevo alcalde en un plazo no mayor de 3o días. Y esto reduce aún más las posibilidades porque no puede coincidir con otra elección, como la segunda vuelta presidencial, el 19 junio, en caso de que se dé.
Eso sí, a menos de 18 meses del término del mandato sí se puede votar para revocar al alcalde, pero, en caso de que sea destituido, será el presidente el que escoja un encargado mientras termina el periodo constitucional.
“En términos prácticos, la revocatoria perdería el sentido, pues el reemplazo sale de una terna presentada por el movimiento o partido político del alcalde destituido”, precisa Mejía. En palabras más coloquiales y simples, el revocado podría terminar gobernando en cuerpo ajeno.