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Una condena por casi 900 millones de pesos tiene en aprietos al municipio San Rafael (Oriente de Antioquia) y preocupadas a sus autoridades, pues se preguntan cómo pagar una suma de tal magnitud sin afectar el presupuesto para inversión social. En junio pasado, recibieron notificación de la decisión del Consejo de Estado, en tercera instancia, que declara al municipio “administrativamente responsable por la desaparición del señor Alejo Arango del Río, un trabajador minero y ciudadano militante del extinto partido Unión Patriótica”.
La historia se remonta al 4 de marzo de 1988, cuando Arango estaba privado de la libertad en la cárcel de San Rafael, administrada por el municipio en esa época. De acuerdo con los hechos referidos en la sentencia, ese día, hombres armados llegaron al lugar y se llevaron al detenido; desde entonces, no se tienen noticias de él. En la demanda que presentaron los familiares, indica el fallo, relataron que Arango, quien fue miembro del Concejo Municipal en varios periodos, recibió amenazas constantes y, “aunque las informó a las autoridades municipales no recibió protección”. La familia también describió que él fue detenido por una supuesta extorsión que formaría parte de una “persecución por su inclinación política”.
Ahora, el municipio deberá pagar el dinero para indemnizar a la familia por los perjuicios morales y daños a la salud que ocasionaron la desaparición de su ser querido y la incertidumbre y zozobra que han vivido por años. Esta condena es recibida con preocupación por Libardo Ciro Morales, alcalde de San Rafael, quien aseguró que al ser un municipio de sexta categoría tienen muchas dificultades para la inversión pública.
“Realmente, no tenemos cómo pagar. Este caso en primera instancia vinculaba al Inpec, al Ministerio de Defensa y al municipio de manera solidaria. Luego, al Inpec lo exoneraron porque la cárcel era del municipio en aquel entonces y dejaron vinculados al Ministerio de Defensa y a San Rafael. Pero, en esta instancia nos condenan a pagar solo a nosotros”, sostuvo el mandatario local. De acuerdo con el fallo, en el caso no se probó que “el Ejército Nacional conociera la calidad de la víctima como militante de la Unión Patriótica y le hubiera negado protección o que se le hubiera solicitado prestar seguridad a la cárcel municipal donde se encontraba recluida”.
¿Qué implica el fallo?
Ciro señaló que esta condena afectaría las líneas de inversión del municipio. Explicó que, por ejemplo, para la vigencia actual “se aforaron 19.000 millones de pesos”, de los cuales se estableció parte para salud, educación, saneamiento básico y agua potable, entre otros frentes. Así las cosas, dijo, les quedaron unos 3.000 millones de pesos para gastos de funcionamiento y libre inversión: “Cuando uno hace la repartición de acuerdo con la norma y saca la parte para el funcionamiento de la entidad, quedan muy pocos recursos para apalancar proyectos. Y esta condena la tendríamos que pagar con los recursos de libre destinación, por lo cual se verían afectados proyectos de niñez, adulto mayor, educación, apertura y mejoramiento de vías o de acueductos y alcantarillados”.
Asimismo, dijo que en la última década San Rafael ha buscado recuperarse de los daños ocasionados por años de conflicto armado y que generaron que gran parte de la población sea víctima y que hubiera atrasos en materia de desarrollo social.
Al respecto, Jorge Beltrán Pardo, abogado experto en derecho administrativo, explicó que estas sentencias judiciales son de obligatorio cumplimiento para la entidad y que la ley establece unos términos de pago que son de poco más de 10 meses con algunos plazos adicionales. Agregó que un municipio de nivel seis, como San Rafael verá, sin duda, afectadas sus finanzas y que la administración actual deberá reorganizar sus prioridades para cancelar la deuda, sin incumplir sus demás obligaciones legales y constitucionales.
“Normalmente, esto no afecta el presupuesto de la misma vigencia, sino parte de los próximos periodos fiscales, es decir, del año 2022 y 2023. Entonces, no tendrían que hacer, por ahora, traslados presupuestales, porque estarían dentro del término para hacer el presupuesto del próximo año y dejar otra parte para 2023”, afirmó Beltrán.
El experto manifestó que el fallo demuestra que las entidades territoriales, independientemente de su capacidad de pago, deben asumir este tipo de sanciones cuando hubo incumplimiento de obligaciones legales y constitucionales, aun cuando los hechos hayan sido cometidos en una administración pasada, “tal como lo indica el artículo 90 de la Constitución Política, que obliga a que toda entidad estatal responda por los daños que le causa a un ciudadano”.
Por su lado, el alcalde Ciro contó que su equipo jurídico busca recursos legales a los que podrían acudir para otra revisión del caso. Pero, añadió, buscarán negociaciones para llegar a acuerdos de pago con la familia beneficiaria.
Al respecto, Beltrán considera que un peor escenario que el actual es que San Rafael no pague dentro de los términos legales e incurra en intereses moratorios, lo que causaría mayores problemas financieros a largo tiempo. “Creería yo que el municipio debe revisar una estrategia fiscal para cumplir con este fallo y seguir cumpliendo sus demás obligaciones legales, también debería acudir a los gobiernos nacional y departamental para pedir algún tipo de salvamento”, argumentó el experto.
¿Es un precedente?
Por otro lado, para el mandatario local, la condena podría sentar un precedente para que se sigan interponiendo demandas como esta en contra de municipios de sexto nivel que fueron muy golpeados por el conflicto armado y la violencia y que podrían ser tratadas bajo el mismo principio normativo.
“San Rafael tuvo una violencia muy fuerte hasta el año 2010, aquí lloramos muchos muertos, desaparecieron y asesinaron a muchas personas. Con tristeza ve uno que, después de haber padecido estas situaciones tan complejas, los organismos judiciales condenan a un municipio al que la misma violencia ha hecho atrasar enormemente con relación a otros municipios”, reiteró el alcalde.
Sin embargo, Beltrán no lo ve de esta manera; para él, este es un caso muy puntual porque, “según la condena, era el municipio el responsable de la salvaguarda, la seguridad y la vida de las personas retenidas en aquella época, por lo cual se le sanciona ante las fallas que hubo. No es un precedente para los demás municipios, simplemente, es el típico régimen de responsabilidad establecido en el artículo 90 de la Constitución”.
De cualquier forma, el alcalde concluyó que buscará la mejor salida posible para esta situación, en aras de distribuir de la forma más eficiente los recursos y garantizar el bienestar de los casi 15.500 habitantes que hay en San Rafael, un municipio mayoritariamente rural que no ha tenido una economía a pique por las posibilidades de producir, pero que, en los últimos meses, también ha vivido los efectos negativos de situaciones como la pandemia por la covid-19 y los estragos por el invierno, que han implicado importantes inversiones de parte de la administración municipal.