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En 2010 comenzó a operar en Colombia el esquema de los multiportafolios, creados a partir de la Ley 1328 de 2009, a través de los cuales los afiliados a fondos de cesantías pueden decidir en cuál portafolio quieren tener sus ahorros: de corto o largo plazo. Antes de tomar esta decisión deben tener en cuenta sus intereses, objetivos y tiempo de permanencia.
Adicionalmente, es clave entender qué ofrece cada uno para hacer la mejor elección.
El portafolio de corto plazo está orientado a las personas que van a hacer uso de sus cesantías en menos de seis meses. En este se realizan inversiones en activos muy líquidos. Las inversiones tienden a ser de menor riesgo y su objetivo es mitigar el riesgo de pérdida en los retiros que se hagan en el corto plazo.
En caso de que el afiliado quiera realizar un ahorro por un período mayor a lo seis meses se le recomienda el portafolio de largo plazo. En este, las inversiones son menos líquidas, pero ofrecen una mayor rentabilidad. Es ideal para personas que tienen un perfil de riesgo moderado. En este portafolio se realizan inversiones en mercados nacionales y globales en diferentes tipos de activos de renta fija y de renta variable (títulos de la Nación, bonos y acciones, entre otros). La rentabilidad se calcula en un período acumulado de 24 meses.
La rentabilidad del portafolio de corto plazo para el período julio-octubre de 2021 se ubicó en 0,87 %, pero en el caso del de largo plazo, la rentabilidad promedio ponderada para octubre 2019-octubre 2021 fue de 4,98 %.
El vicepresidente Técnico y de Estudios Económicos de Asofondos, Daniel Wills, manifestó que en caso de que el afiliado no realice una elección del portafolio, las consignaciones que hagan los empleadores por concepto de cesantías durante el inicio del año, serán asignadas directamente al portafolio de corto plazo.
“Si estos recursos permanecen en el fondo hasta agosto, en este mes serán trasladados de forma automática al portafolio de largo plazo. Esto ocurrirá todos los años con los recursos que le sean consignados a la cuenta del afiliado por concepto de cesantías y por esta razón una persona puede tener su dinero en los dos portafolios”, indicó Wills.
Asofondos recomienda elegir un portafolio de largo plazo, si espera mantener los recursos por un período largo, ya que se beneficiará de una mayor rentabilidad. Si, por el contrario, el afiliado espera retirar sus cesantías en un plazo corto, el portafolio del mismo nombre es el recomendado, porque está menos expuesto a los vaivenes del mercado.
Reitera que las cesantías están pensadas como un seguro al desempleo, por lo cual deberían constituir un ahorro a largo plazo.
Raúl Cardona, docente e investigador del Departamento de Finanzas de la Universidad Eafit, aclara que los portafolios de los fondos de cesantía son más estables que los de pensiones, esto hace que la retribución económica sea menor.
Al mismo tiempo, sostiene que la rentabilidad de los portafolios está sujeta a la regulación, por ello, los fondos de cesantías no pueden estar en acciones de riesgo y corresponden a inversiones moderadas, porque se busca proteger un derecho adquirido.
Por su parte, Alejandro Cadavid, profesor del Departamento de Economía y Finanzas de la Universidad de Antioquia, asegura que es importante aclarar, porque no es como dicen muchos afiliados “están jugando con mi plata”, la verdad no, lo que están haciendo es garantizar el valor del dinero en el tiempo.
Y en caso de alguna equivocación en la inversión, tanto los fondos de pensiones como de cesantías, de acuerdo con el decreto 2555 de 2010 y otros, con normas de la Superintendencia Financiera, regulan la rentabilidad mínima, con cálculos, por eso si una AFP no logra la rentabilidad mínima, debe de su propio bolsillo, del patrimonio de la sociedad, reponer la rentabilidad por la que falló a los afiliados.
Hoy el entorno es de alta volatilidad y es muy difícil hablar de rentabilidad, incluso los fondos tienen prohibido, por prudencia y normativa, prometer una rentabilidad, aunque hay una esperada. La mínima se da cada mes, es la que todos tienen que cumplir, en la historia pocas veces se ha incumplido esa cifra.
Estos portafolios tienen un régimen de inversión, tanto el corto como largo plazo, son unas reglas que establece el Gobierno Nacional de mínimos y máximos para invertir. Por ejemplo, en el largo plazo, el máximo es cercano al 10 % en acciones.
En el caso del Fondo Nacional del Ahorro, FNA, hay otra jurisprudencia o normatividad porque tiene objetivos parecidos a las cesantías, “pero lo que quieren es darle crédito a la gente para vivienda, educación, tienen sus propios convenios, están en la misma disposición de la 2555 pero no entran en rentabilidad mínima, lo único que garantiza es el componente inflacionario, nada más”, precisa Alejandro Cadavid. La rentabilidad se basa en la inflación mensual, que generalmente es muy pegada al cero, “le asegura que la plata no pierde valor”