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Columnistas | PUBLICADO EL 12 julio 2019

Normas vigentes para protección a los niños

Por Carlos Fradique-Méndez

En Colombia, niños son los menores de 18 años y no pueden ser castigados en ninguna forma. Pueden ser corregidos o sancionados moderadamente por los padres, los tutores, los maestros. La directora del ICBF informa que están trabajando un proyecto de ley para prohibir el castigo físico y psicológico, o mejor, el maltrato infantil. Pretenden prohibir lo prohibido. El Art. 44 de la Constitución dice que “Toda forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad y será sancionada conforme a la ley”; el mismo ICBF reconoce que los procesos de violencia intrafamiliar, todas las formas de violencia, deben ser atendidos por el comisario de familia del lugar donde ocurran los hechos, y a falta de este, por el juez civil municipal o promiscuo municipal, con una medida de protección inmediata que ponga fin a dichos actos o evite que se realicen cuando sean inminentes. El Código Penal sanciona todas las formas de lesiones físicas y psíquicas; los niños están protegidos de manera especial en el Código de Infancia y en las leyes penales y de educación.

En la práctica los niños no pueden ser castigados por sus progenitores, custodios y profesores. Profesor que castiga, profesor que enfrenta proceso disciplinario y es amenazado o agredido por su alumno y hasta por los padres del alumno.

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