La portabilidad es un término asociado a las comunicaciones, toda vez que en nuestro país un usuario de telefonía puede desde 2011 cambiar de operador y escoger el que más se ajuste a sus condiciones y necesidades.
Igualmente es un concepto que se aplica en salud, dado que desde el 2013 y gracias a la portabilidad las EPS les deben brindar a sus afiliados accesibilidad a los servicios sanitarios mediante una Institución Prestadora de Servicios, en cualquier localidad.
Ahora, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) contempla la idea de que el consumidor financiero tenga derecho a solicitar el traslado de los productos que tenga en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera a otra, junto con la información general y transaccional asociada a los mismos.
“Para tal efecto, el consumidor financiero deberá manifestar a la nueva entidad la intención de portar uno o más productos financieros, y esta deberá dar inicio al estudio de portabilidad a fin de pronunciarse positiva o negativamente sobre dicha solicitud”, se lee en el artículo 75 del PND, proyecto que fue radicado en el Congreso.
Sin entregar otros detalles el texto concluye señalando que corresponderá a las entidades vigiladas por la Superfinanciera garantizar el ejercicio de ese derecho.
Así operaría el modelo
Un ejemplo cercano de la idea está en Chile, donde la Ley de Portabilidad Financiera comenzó a regir en septiembre de 2020, con el ánimo de facilitar el cambio de los productos financieros vigentes de una entidad a otra, disminuyendo los costos y tiempos de los trámites.
Entre las instituciones chilenas que participan de la portabilidad hacen parte los bancos, compañías de seguros, cooperativas de ahorro y crédito, cajas de compensación, entidades que colocan fondos de manera masiva y emisores de tarjetas.
La norma aplica para las personas naturales, con productos o servicios financieros vigentes como créditos de consumo, hipotecarios, tarjetas de crédito y cuentas corrientes. En el caso de las personas jurídicas que quieran portar sus productos financieros, la ley señala que debe tratarse de micro o pequeñas empresas.
El proceso tiene varios pasos que inician con la solicitud de portabilidad, en la cual el cliente manifiesta a una institución financiera la intención de trasladar uno o más de sus productos financieros. Recibida esa petición el banco que va a recibir al cliente debe requerir la liquidación de los productos financieros que la persona tiene y que se incluyeron en la solicitud.
Luego se evaluará al cliente para rechazar la solicitud o presentarle una o más ofertas de portabilidad, es decir las condiciones para cambiar sus productos financieros desde la institución en la que actualmente los tiene contratados. Una vez que el cliente recibe la respuesta del nuevo proveedor, podrá aceptarla si considera que le es conveniente. Incluso, el usuario podrá arrepentirse de la oferta de portabilidad aceptada en cualquier momento.
Celebrados los contratos con el nuevo banco, este deberá solicitar a nombre del cliente el término de los productos financieros al establecimiento bancario desde el que se hará el traslado.
En junio del año pasado, las solicitudes de portabilidad en Chile sumaron 14.964, lejos de las 70.545 que se contabilizaron en septiembre de 2020, cuando se aprobó la ley.
Ciudadanos chilenos le dijeron a EL COLOMBIANO que esa normativa entró en vigencia durante el año de pandemia, por lo que pasó muy en silencio o bajo perfil.
Igualmente, comentaron que el trámite de la portabilidad no es tan fácil, como aparenta ser. “El sistema es bastante burocrático complicando más el proceso de cambio”, manifestaron.
Lo que se dice del proyecto
Para Jorge Alberto Corrales, gerente de CFA Cooperativa Financiera, la apuesta del PND es facilitar la movilidad del usuario en cualquier establecimiento de crédito.
“Hoy es necesaria la presencia física, o sea ir a cancelar los productos en una entidad y abrirlos en otra. Y la portabilidad financiera pensada como que un banco le pide a otro que le va a trasladar los productos de un usuario suena fácil, pero en la realidad resulta complejo”, comentó Corrales (ver Opinión).
Entre las complejidades está el componente de seguridad, dado que podrían ocurrir casos de suplantación o robo de identidad. Otro factor clave es el componente tecnológico que permita una interconexión entre los distintos establecimientos financieros.
Aquí vale anotar que, según el más reciente informe de la Banca de las Oportunidades, a septiembre de 2022, el número de adultos con al menos un producto financiero de depósito o de crédito llegó a 34,5 millones, lo que corresponde al 92,1%, observando un aumento de cerca de 300.000 personas frente a junio de 2022.
En cuanto al uso, el porcentaje de adultos con algún producto financiero activo o vigente subió de 76,9% a 77,7% entre junio y septiembre de 2022, esto implica que 29,1 millones de adultos tenían activo al menos uno de estos productos al cierre del tercer trimestre de 2022.
Este diario intentó obtener algunas consideraciones sobre esta iniciativa de la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (Asobancaria), pero sus voceros señalaron que los técnicos del gremio están analizando las posibles implicaciones que se puedan derivar, por lo que aún no hay una posición definitiva. Otros establecimientos de crédito que fueron consultados evitaron hacer comentarios de la propuesta.
34,5
millones de adultos en Colombia tenían al menos un producto financiero a septiembre de 2022.