La Defensoría del Pueblo por medio de su representante, Jorge Armando Otálora, explicó que presentará una acción jurídica contra el Código Minero, al advertir inconstitucionalidad en el artículo 165, pues impide que la Fiscalía y las autoridades locales puedan controlar el fenómeno de la minería ilegal.
Según la entidad, “la norma citada permite que si un agente minero que opera sin título inicia su proceso de legalización, la Fiscalía no pueda ejercer acciones penales en su contra hasta que la autoridad ambiental resuelva dicha legalización, como tampoco podrán las autoridades administrativas locales tomar medidas para suspender la actividad minera y proceder al decomiso de materiales en esos complejos que operan sin el lleno de los requisitos legales”. Lo que explican está llevando al incentivo de la minería ilegal.
No obstante, el problema no es en blanco y negro, ya que de darse una modificación al artículo se afectarían los trabajos de una gran cantidad de mineros del país, que a pesar de que no se han legalizado, cumplen con los requisitos, llevan años en el proceso y dependen de la extracción del mineral.
Más aún cuando “muchos de ellos han querido legalizarla, formalizar, pero en vez de encontrar un camino expedito para ese propósito terminan considerados por las autoridades como mineros “ilegales” o “criminales”, explicó el procurador Alejandro Ordóñez.
De hecho, según cifras de la Procuraduría, quien ha realizó un llamado en lo que concierne al Programa de Formalización de Minería Tradicional, que toma cerca de tres años por proceso, “de las 8.500 solicitudes que fueron presentadas, únicamente se aprobó una, con un porcentaje de 0,01 por ciento de otorgamiento. También, encontrándose en evaluación 3.813, se han archivado 4.686 solicitudes, lo que corresponde a 55,12 por ciento.