Si no se quiere hacer acreedor a una multa, es mejor que esté atento a las placas de los vehículos que están obligados hoy a dejar de circular en Medellín y el Valle de Aburrá. Si ya se dio cuenta pero por alguna razón cree que puede “estar de buenas” y que no lo pillarán, es mejor que no tiente a la suerte, pues hay muchas cámaras que pueden detectar los números que tienen prohibido circular, además de que habrá agentes de tránsito pendientes.
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Pero además de las anteriores razones hay una más que tiene todo su peso y es contribuir a mejorar la movilidad vehicular y la calidad del aire en la ciudad y los otros nueve municipios que conforman su área metropolitana.
Cualquiera sea la razón sepa que este miércoles, 5 de marzo, tiene prohibido sacar su carro si este es de uso particular y sus placas finalizan en 5 ó 9, entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m. Igualmente, si lo que maneja es una motocicleta que comience por esos mismos dígitos y en el mismo horario.
De la misma manera, el pico y placa durante este día obliga a que los taxis con placas terminadas en 6 no vayan con pasajeros entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m., y solo les está permitido rodar si van para el taller.
En cualquiera de los casos antes descritos los infractores corren el riesgo de pagar una sanción económica que asciende a medio salario mínimo mensual más una posible inmovilización y los gastos de grúa y parqueo en el patio municipal.
El pico y placa busca sacar de circulación parte del parque automotor del área metropolitana con el fin de mejorar el flujo de vehículos en las vías y, de paso, disminuir la contaminación del aire.
Esta medida rige para diez municipios: Medellín, Envigado, Itagüí, Sabaneta, La Estrella, Caldas, Bello, Copacabana, Girardota y Barbosa.
Hay vehículos a los que esta no obliga, como los carros eléctricos, híbridos y a gas natural que cuenten con licencia de tránsito actualizada.
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También, los automotores dedicados a la atención de emergencias, que presten atención médica personalizada y/o domiciliaria, que se dediquen a labores relacionadas con el rescate de órganos y tejidos o el trasplante de los mismos.
Así mismo los vehículos de transporte de alimentos y/o elementos perecederos; los vehículos de carga, los dedicados a la prestación de servicios públicos, aquellos propiedad de medios de comunicación y los que estén al servicio de organismos de seguridad nacional y preservación del orden público.
El listado lo completan los automotores al servicio del tránsito, aquellos en que se transportan personas enfermas y/o discapacitadas, los carros de valores y de seguridad, autos con blindaje igual o superior a nivel 3 y carros fúnebres.
En la capital antioqueña esta prohibición no se aplica en las siguientes vías: avenida Regional, vía Iguaná Sur, calle 10, avenida Las Palmas, la vía a Occidente y el Túnel Aburrá Oriente.
La medida tampoco cobija a los cinco corregimientos: San Sebastián de Palmitas, San Cristóbal, Altavista, Santa Elena y San Antonio de Prado.
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En cambio, sí se aplica en la Autopista Norte y la Avenida Regional en jurisdicción de Bello así como la Autopista Sur en jurisdicción del municipio de Itagüí, debido a que, por necesidades particulares estos territorios se ven compelidos a implementar la medida de manera más rigurosa, según han explicado.