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Tierra para el desarrollo

El debate alrededor de la compra de tierras por extranjeros encontraría solución adecuada si, previamente, el país emprende el reordenamiento del mercado de tierras agropecuarias.

25 de noviembre de 2012
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Al momento, cursan en el Congreso de la República varios proyectos de ley de origen parlamentario con los cuales se busca reglamentar o prohibir la compra, por parte de extranjeros, de tierras con vocación agropecuaria.

Por su parte, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan Camilo Restrepo, presentó otro proyecto para reglamentar la inversión extranjera en el agro, pero sin entrar a restringir la compra de tierra por foráneos.

Infortunadamente, los efectos indeseados que se han tenido en otras partes del mundo con la inversión extranjera, de Estados o corporaciones, en tierras agropecuarias, han disparado las alarmas y se han generado reacciones en su contra. De allí el interés, en algunos países, de limitar o prohibir dichas compras.

Sin lugar a dudas, y como se ha hecho evidente en Colombia, la inversión extranjera constituye un factor de desarrollo. En muchos casos, ésta complementa la inversión nacional y, bien direccionada y regulada, puede significar el acceso a nuevos productos, tecnologías y mercados.

Para el desarrollo de la agricultura colombiana y, en particular, para ciertas actividades del agro, como la forestal, donde las inversiones son de gran magnitud, la inversión extranjera juega un papel determinante.

Sin embargo, hay que ser claros que, en el caso del sector agropecuario y forestal, la inversión extranjera se necesita, más que para adquirir tierra, para impulsar la producción de bienes agropecuarios y forestales con destino a los mercados nacional e internacional.

El aumento de la producción y los concomitantes efectos que ello tiene en la generación de empleo, bienestar y exportaciones, constituyen el verdadero aporte de la inversión extranjera al desarrollo del país.

En este orden de ideas, lo importante es asegurarle al capital foráneo el acceso al suelo para su posterior uso productivo. Este punto, que implica el reordenamiento y el desarrollo del mercado de tierras en Colombia, debería convertirse en el foco de la acción legislativa.

El reordenamiento del mercado de tierras debe afectar, por igual, a nacionales y extranjeros, y debe asegurar el uso adecuado y eficiente del suelo con vocación agropecuaria y forestal. Ello implica, además, dejar atrás el atavismo de suponer que la producción agropecuaria y forestal denota, necesariamente, la propiedad de la tierra.

Con un mercado de tierras operando adecuadamente, con derechos de propiedad asegurados y con reglas de juego claras y estables respecto al acceso y el uso del suelo con vocación agropecuaria y forestal, se podría llegar al punto de que los extranjeros no tuvieran, necesariamente, que comprar la tierra. Para adelantar sus proyectos bastaría que el país les asegurara el acceso y el uso del suelo.

Muchos de los desarrollos recientes de algunos cultivos, como el de la palma africana, se han dado sin que los grandes productores tengan que ampliar sus propiedades. Para ello han recurrido a establecer alianzas con pequeños y medianos productores propietarios de la tierra.

El proyecto de ley del gobierno sobre desarrollo rural y tierras, que infortunada e inexplicablemente aún no ha sido puesto a consideración del Congreso, contiene una batería de artículos que buscan el reordenamiento del mercado y del uso de la tierra con vocación agropecuaria y forestal.

Una de las figuras contempladas en dicho proyecto es la del derecho real de superficie que, de ser aplicada, se convertiría en un mecanismo idóneo para manejar el problema de la inversión extranjera en Colombia, evitando, de paso, la entrega de la propiedad de la tierra a los foráneos.

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