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El Consejo de Estado suspendió los actos administrativos por medio de los cuales el Gobierno Nacional fijó, en 2014, los criterios para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, a través del llamado fracking o explotación de hidrocarburos de manera hidráulica.
Así lo determinó el magistrado de la Sección Tercera y vicepresidente de la Corporación, Ramiro Pazos Guerrero, al concluir que la autorización en Colombia para la aplicación del fracking puede acarrear una afectación grave al medio ambiente y a la salud humana.
El magistrado consideró relevantes las conclusiones del control de advertencia efectuado por la Contraloría General en el año 2012, en el que señaló que “el aumento de la sismicidad, la contaminación...