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El Fiscal también aclaró que será el Congreso el que defina si el narcotráfico es delito conexo con el político.
Ala discusión sobre el delito político, y sus conexos, se le sumó una nueva arandela. Esa que dijo el Fiscal de que los militares y paramilitares, responsables de crímenes de lesa humanidad, no pueden participar en política. Simple y llanamente porque su función, en el caso de la Fuerza Pública, nunca ha sido la de subvertir el estado de las cosas; es decir, de revelarse, hacer sediciones o asonadas.
Y es que esos son los tres delitos políticos que están contemplados en el Código Penal Colombiano. No se podría entender, según el fiscal Eduardo Montealegre, que dentro de las irregularidades en las que incurra la Fuerza Pública, estuviera el cometer delitos políticos. En el Capítulo 7 de la Constitución Política, dice expresamente que la función de la Fuerza Pública es proteger la vida, la honra y los bienes de los ciudadanos y la soberanía nacional.
El exmagistrado Javier Henao Hidrón, en su explicación sobre estas funciones, al explicar los contenidos de la carta política, afirma que para...