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Gobierno Duque pide tumbar unión entre menores de 14 a 18 años

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16 de septiembre de 2021
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En Colombia, el 13,3 % del total de los matrimonios se realizan con mujeres de 13 a 19 años, según datos del Ministerio de Salud con corte a 2020.

Aunque comunes, esa cartera –en nombre del Gobierno– justifica que dichas uniones tempranas “vulneran los derechos a la dignidad humana, la vida, la salud, la educación y el trabajo digno de las niñas y adolescentes”, por lo que le pidió a la Corte Constitucional que declare inexequible los matrimonios entre menores de edad.

Actualmente, la ley colombiana dice que los niños y niñas entre 14 y 18 años pueden casarse aún sin el permiso de sus padres, lo que –según el Ministerio– “podría constituir un daño mayor al proyecto de vida de las niñas y jóvenes que se enfrentan a una unión prematura”.

Así las cosas, en el documento –de 16 páginas y conocido en su integridad por EL COLOMBIANO– le pide a la Corte que declare inconstitucionales “los artículos 117 (parcial), 140 (parcial) y 143 (parcial) de la Ley 84 de 1873, Código Civil, y el artículo 53 (parcial) de la Ley 1306 de 2009, por la cual se dictan normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental y se establece el Régimen de la Representación Legal de Incapaces Emancipados”.

Esto, en plata blanca, son todos los artículos relacionados con la unión libre y la representación de menores de edad.

Los antecedentes

Esta ley –relacionada con uniones tempranas– tiene por lo menos dos antecedentes recientes, lo cuales la dejan en este punto en el que la máxima autoridad en salud pide que se modifique.

El primero se dio el pasado 18 de agosto, cuando la Sala Civil de la Corte Suprema determinó que los jóvenes menores podían constituir una unión libre sin el consentimiento de sus padres, explica el docente de la Universidad de los Andes, Ricardo Molina López, PhD en derecho penal y procesal.

Y el segundo tiene que ver con una demanda presentada por Camilo Ernesto Ortega Rodríguez, quien objetó ante el Ministerio los decretos que permiten la unión sin el permiso de los acudientes responsables. Ante dicha acción, la cartera de Salud dijo estar de acuerdo con la posición del ciudadano y trasladó la petición a la Corte, paso en el que aún está.

Por ahora, según detalla Molina, a la Corte le queda revisar la petición y podría pronunciarse en tres sentidos: admitir la demanda y declarar inconstitucionales los decretos que sugirió el Gobierno; admitirla, pero con algunas condiciones; o inadmitirla.

“Sin embargo, en este caso lo más probable es que se apruebe porque el Gobierno tiene peso y conocimiento de causa”, concluyó el abogado.

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