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Corte ratificó el derecho de las víctimas a pensionarse

Omisión legislativa no benefició a quienes la guerra golpeó entre 2006 y 2014, periodo con unos 4 millones de afectados.

  • Las víctimas del conflicto armado, que entre los años 2006 y 2014 sufrieron afectaciones como la pérdida de su pierna, podrán reclamar su pensión por invalidez . FOTO manuel saldarriaga
    Las víctimas del conflicto armado, que entre los años 2006 y 2014 sufrieron afectaciones como la pérdida de su pierna, podrán reclamar su pensión por invalidez . FOTO manuel saldarriaga
02 de octubre de 2021
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La Corte Suprema de Justicia dio vía libre para que sean reconocidas las pensiones por invalidez de víctimas del conflicto armado, que fueron afectadas por la guerra entre los años 2006 y 2014.

Así lo decidió su Sala de Casación Laboral luego de encontrar una omisión legislativa que –durante esos ocho años– perjudicó el derecho de esta población, la cual desde 1997 venía obteniendo la mesada que en 2006 se vio interrumpida porque el Congreso no la prorrogó en una ley.

Ese vacío fue advertido por la Corte Constitucional en 2014, por lo cual el alto tribunal emitió una sentencia que restableció las pensiones a partir de ese año. Sin embargo, no quedó del todo claro jurídicamente qué pasaba con quienes la solicitaron entre los ocho años anteriormente mencionados.

Para despejar la situación, la Sala de Casación Laboral dictó que, como el Congreso no prorrogó en 2006 la medida, esta “tampoco fue expresamente derogada”. Por lo tanto, debe serle reconocida a quienes la tramitaron durante ese periodo, como es el caso de Eider Adrián Villada.

Víctima en Tarazá

El pronunciamiento de la Sala de Casación se dio tras revisar la situación de Villada, joven que el 26 de marzo de 2011, cuando vivía en Tarazá, Antioquia, fue víctima de una mina antipersona que le hizo perder su capacidad laboral en un 82,5 %.

“Me faltaban tres meses para cumplir 16 años. Cogí mi herramienta de trabajo, me fui con el machete que llevaba para limpiar el rastrojo y la activé (la mina) sin darme cuenta. Este artefacto me amputó nueve dedos y me dejó pérdida total de la visión”, contó Eider Adrián Villada.

Dos años después, en 2013, reclamó su pensión –de un salario mínimo legal al mes–; sin embargo, le fue negada por Colpensiones, entidad que argumentó que los hechos “no le constaban”, a pesar de que la Junta Regional de Calificación de Invalidez y la Alcaldía de Medellín habían certificado el accidente y su grado.

El caso pasó a los estrados judiciales de Medellín, y “en primera y segunda instancia, los jueces ordenaron reconocerle la mesada desde el 2011, cuando se estructuró su invalidez”, pero la administradora de pensiones presentó un recurso señalando que se debía pagar desde el 2014, cuando la Corte restableció el derecho.

Finalmente, llegó a la Sala de Casación de la Corte Suprema, la cual ordenó que se le reconozca la pensión desde el año 2011, con el argumento de que “no se puede dejar sin protección a quienes sufrieron hechos en el marco del conflicto durante ese periodo y, por lo tanto, se les debe reconocer también la pensión causada en esos años”.

Puntos para reclamarla

Además de resolver el caso de este joven, la Corte Suprema recordó cuáles son los aspectos que una víctima debe tener en cuenta para acceder a una pensión por invalidez. El primero es que se tiene que haber sufrido una pérdida de capacidad laboral del 50 % en adelante, la cual debe ser legalmente certificada.

Por otro lado, la persona debe carecer de otras posibilidades de pensión y de atención en salud, para así poder acceder un monto ya estipulado, el cual es de un salario mínimo mensual vigente.

Tras revisar todo este expediente, el magistrado ponente del caso, Fernando Castillo Cadena, explicó que la Sala de Casación Laboral interpretó que “la pensión especial otorgada a víctimas de la violencia no desapareció nunca del ordenamiento jurídico, y por tanto, se causa en el momento en que una persona por un acto derivado del conflicto, pierde su capacidad laboral de acuerdo con el Manual de Calificación de Invalidez”.

En el Registro Único de Víctimas hay 9.177.128 de personas contabilizadas, de las cuales, alrededor de 4 millones sufrieron alguna afectación entre 2006 y 2014.

Dentro de ese número están las personas que quedan habilitadas para solicitar la pensión

1106
de 2006 es la Ley que no prorrogó la pensión por invalidez a víctimas.
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