El Consejo Nacional Electoral (CNE) rechazó este lunes 22 de junio de 2026 la solicitud presentada por el excandidato presidencial Iván Cepeda para realizar un reconteo voto a voto en el exterior, dentro del proceso electoral colombiano.
La decisión fue adoptada por la autoridad electoral en Colombia y responde a la petición relacionada con la revisión detallada de los sufragios emitidos fuera del país, tras el conteo de resultados que, según el organismo, se procesa con base en documentación oficial enviada por consulados a la Registraduría.
Procedimiento del escrutinio en el exterior
El CNE señaló que el escrutinio en el exterior no se realiza directamente con votos físicos, sino a partir de actas elaboradas por los consulados y enviadas de forma periódica para su consolidación, un mecanismo que, según la entidad, se ha utilizado en procesos anteriores para garantizar el cumplimiento de los tiempos establecidos en el calendario electoral.
En ese mismo sentido, el presidente del Consejo Nacional Electoral, Cristián Quiroz, explicó el funcionamiento del proceso de consolidación de resultados en el exterior y su relación con las actas consulares y la Registraduría Nacional del Estado Civil.
“El escrutinio en el exterior se realiza con las actas que realizan todos los días los cónsules, porque se consolida la votación de 8 días”, explicó el presidente del CNE al referirse al procedimiento de conteo en el exterior. Según agregó, los cónsules elaboran y remiten las actas de forma progresiva, las cuales son enviadas a la autoridad electoral para su consolidación. En ese proceso, indicó que el CNE no trabaja directamente con los votos, sino con las actas consolidadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil y remitidas por sus delegados.
- ¿Por qué el CNE rechazó el reconteo voto a voto en el exterior?
- Porque el escrutinio internacional se realiza con actas elaboradas por consulados y consolidadas por la Registraduría, no mediante revisión directa de los votos físicos.
- ¿Quién realiza el escrutinio de los votos en el exterior?
- Las actas son elaboradas por los consulados colombianos y posteriormente consolidadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
- ¿El rechazo del reconteo afecta el escrutinio general?
- No. El proceso de escrutinio continúa conforme al calendario electoral y las autoridades siguen revisando las reclamaciones que cumplan los requisitos legales.