La Sección Quinta del Consejo de Estado se refirió a la demanda de nulidad electoral interpuesta por el exgobernador de Antioquia Luis Pérez Gutiérrez contra la elección del hoy gobernador Andrés Julián Rendón, en la que el primero alegaba que Rendón habría practicado violencia psicológica contra él, que terminó en un engaño al elector.
En un documento de 37 páginas El Alto Tribunal desestimó algunas pruebas pedidas por el exgobernador Pérez, el cual había presentado la demanda a finales de 2023 alegando que en su contra se dio una especie de persecución política que buscaba relacionarlo a como diera lugar con el presidente Gustavo Petro y el exalcalde de Medellín Daniel Quintero, hechos que según él hicieran que su electorado se desmoronara ante tamañas asociaciones.
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Cabe recordar que en diciembre de 2023, Pérez presentó una demanda en el Consejo de Estado, en la cual solicitó la nulidad de la elección de Andrés Julián Rendón Cardona como gobernador, la cancelación de la credencial otorgada a Rendón, y la realización de nuevas votaciones para Gobernación.
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Según manifestó Pérez en su demanda, él se inscribió por la ASI como candidato a la gobernación por la coalición Piensa en Grande, por lo que nunca manifestó ser aliado o tener apoyo del presidente de la República, Gustavo Petro o del entonces alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle.
Pese a esto, según él, Rendón desplegó “múltiples actos para intimidar al elector en el sentido de manifestar de manera reiterada y masiva, a través de redes sociales, Luis Pérez era el candidato de Petro y Quintero”.
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“Tales maniobras difamatorias implicaron que el día de los respectivos comicios, muchos de los electores de Pérez se abstuvieran de votar por él, como era su genuina voluntad. Aparte, el demandante manifestó que pretende la nulidad del acto censurado, por considerar que se encuentra incurso en la causal de nulidad en el sentido de que el relacionarlo con el presidente de la República y el exalcalde de Medellín, era parte de una estrategia de engaño que constituyó violencia psicológica, desinformación, engaño y zozobra causada de manera sistemática sobre los electores”, se lee en el documento.
En su demanda, Pérez allegó como pruebas documentales 79 enlaces de notas de prensa, así como manifestaciones en redes sociales de distintos usuarios, que incluso que atribuyó a Rendón, que según él mostraban esa “operación” constante de relacionarlo con el petrismo y el quinterismo.
Así mismo, solicitó que la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral allegaran documentos de inscripción de candidatos en las pasadas elecciones y otras, entre ellas las de Daniel Quintero y la del presidente Petro.
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No obstante el Consejo de Estado indicó que las pruebas aportadas por Pérez fueron negadas por considerar que “carecen de pertinencia y utilidad para analizar las censuras contra la elección demandada, pues no se advierte en qué modo el contenido de dichos medios de convicción daría cuenta del supuesto despliegue de múltiples maniobras difamatorias por parte de Rendón contra Pérez en el sentido de relacionarlo con el presidente de la República y el exalcalde de Medellín, como parte de una estrategia de engaño que constituyó violencia psicológica contra el electorado”.
Según el Tribunal, Pérez tampoco explicó cómo estas pruebas, así como otros interrogatorios que había solicitado, demostrarían la nulidad de las elecciones. “Ciertamente, el despacho no observa la conexión entre los medios de prueba solicitados y la censura planteada para determinar la ocurrencia de los hechos expuestos en la demanda”.
En la demanda apareció que también se había solicitado que el Consejo de Estado citara a rendir testimonio a 18 personas entre excandidatos del oriente antioqueño, expertos en Neurociencias y Comunicaciones y hasta ciudadanos del común de varios municipios de Antioquia que supuestamente habían cambiado de voto ante el supuesto señalamiento masivo de asociar a Pérez con Quintero y Petro. En la misma solicitud, Pérez pidió incluir un interrogatorio al exsenador Julián Bedoya, quien daría cuenta de qué él no hacía parte del Pacto Histórico.
Así mismo, un coadyuvante de la demanda identificado como Romel Darío Aguirre Holguín había solicitado que se realizara peritajes psicológicos, un interrogatorio al presidente Petro, así como un peritaje contable para estimación de daños y perjuicios económicos que había sufrido Pérez.
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Nuevamente, el Consejo de Estado desestimó tanto las solicitudes de interrogatorio de Pérez y de Aguirre, pues aparte de que no dieron pistas de cómo contactar a las personas a interrogar para el Tribunal “no se logra advertir de qué manera aquellos testimonios resultan conducentes, pertinentes y útiles a efectos de demostrar que contra el electorado se ejerció violencia psicológica conforme se asegura en la demanda”.
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Ante esta situación, el Consejo de Estado decidió negar la excepción de falta de legitimación en la causa propuesta, así como negar la solicitud de pruebas elevadas por los demandantes, lo que anticiparía un eventual revés en la demanda interpuesta por Pérez contra Rendón. Por ahora no se ha conocido pronunciamiento de los dos políticos ante la decisión del Alto Tribunal.