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Premiarán a quienes ahorren energía y cobrarán más a los derrochadores: el plan de EPM ante el fenómeno de El Niño

La medida cubrirá a usuarios de Afinia, CHEC, CENS, EDEQ, EPM y ESSA, empresas del grupo empresarial en Colombia. El mecanismo consiste en que se asignará una meta individual a partir del consumo promedio de los últimos 12 meses. Quienes sobrepasen el 110 % de su meta pagarán un cobro adicional.

  • Si usted supera el 110 % de la meta de ahorro, EPM le aplicará un cobro adicional únicamente sobre el uso que exceda ese nivel. El consumo que se encuentre entre el 100 % y el 110 % de la meta no genera cobro adicional. Foto: Archivo El Colombiano
    Si usted supera el 110 % de la meta de ahorro, EPM le aplicará un cobro adicional únicamente sobre el uso que exceda ese nivel. El consumo que se encuentre entre el 100 % y el 110 % de la meta no genera cobro adicional. Foto: Archivo El Colombiano

Ante un inminente fenómeno de El Niño, el Grupo EPM anunció la puesta en marcha de un programa para promover hábitos de consumo energético más eficiente en los hogares y comercio.

La iniciativa, que cubre a los usuarios de las empresas de comercialización de energía del Grupo EPM en Colombia -Afinia, CHEC, CENS, EDEQ, EPM y ESSA- reduciría la demanda regulada debido a la sequía y el incremento de la demanda, así como a la baja hidrología y el riesgo para la confiabilidad del suministro, esto ante eventuales situaciones de desabastecimiento.

Los incentivos al uso eficiente de energía son una herramienta establecida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) mediante la Resolución CREG 101 120 de 2026. Según EPM, se trata de un mecanismo en el que el ahorro puede traducirse en un beneficio económico para los usuarios.

“Para esto, cada usuario regulado elegible tendrá una meta individual de consumo que servirá como referencia durante la aplicación del programa. Esta meta será calculada con base en la media de los consumos promedio diarios de los ciclos completos de los últimos 12 meses y será única durante la aplicación del mecanismo”, indicó la compañía.

En ese sentido, cuando usted supere el 110 % de dicha meta de ahorro, EPM le aplicará un cobro adicional únicamente sobre el uso que exceda ese nivel. El consumo que se encuentre entre el 100 % y el 110 % de la meta no genera cobro adicional.

“Los usuarios que reduzcan su consumo por debajo del 90 % de su meta podrán participar en la distribución de los recursos recaudados por el programa a través de los cobros adicionales (punto anterior). El beneficio dependerá del aporte de cada usuario a la reducción del consumo”, agregó la empresa pública.

Con el dinero pagado por quienes incumplieron la meta, EPM conformará una bolsa en cada mercado de comercialización, de acuerdo con las reglas de la CREG, y distribuirá esos recursos entre los usuarios que contribuyan al ahorro de energía.

Para Eliana María Díaz Restrepo, profesional del área Educación a Clientes y Comunidad de EPM, la conciencia sobre el cuidado y no despilfarro de los recursos públicos la debemos mantener siempre, y más ante una eventual sequía, que se presume va a ser la más fuerte de las últimas décadas.

”No solo en Medellín y en el Valle de Aburrá, sino que en Colombia la gran mayoría de la energía que consumimos se genera a través del agua, en las hidroeléctricas. Entonces, es muy importante saber que, si tenemos disminución en los embalses, si hay aumentos exagerados en el consumo, vamos a quedarnos sin agua para generar energía”, explica.

Por eso, la experta señala que la situación ya trasciende una recomendación y pasa a ser una obligatoriedad que tenemos como ciudadanos, como usuarios de los servicios públicos, con el propósito de darle un mejor uso a la energía eléctrica y el agua.

“Que sea realmente para lo que los necesitamos y no para desperdiciar. Estamos acostumbrados a que EPM brinda esa tranquilidad y seguridad de que tenemos los servicios públicos 24 horas los 7 días de la semana. Sin embargo, a veces se nos vuelve paisaje que esos servicios públicos dependen directamente de los recursos naturales”, agregó.

El programa de incentivo por ahorro será transitorio, excepcional, autofinanciado y de aplicación automática para los usuarios regulados, a excepción de quienes el consumo se realice mediante procesos distintos a la lectura de medidor, con medidor prepago de energía, o quienes tengan el servicio domiciliario suspendido.

Tampoco cubrirá a los usuarios que hacen parte de los sectores de la salud, establecimientos educativos, centros asistenciales y de cuidado, organismos de atención de emergencias y desastres, instituciones de seguridad y orden público, y establecimientos penitenciarios y de detención.

“El uso ineficiente de la energía lleva a que se tenga que generar en el país a través de las térmicas, de las centrales térmicas, y ahí eso tiene también un incremento en el costo del kilovatio. Entonces, como se prevé que ese fenómeno va a ser más prolongado y fuerte, si tenemos buenas prácticas, reducimos la posibilidad de que lleguemos a tener racionamientos de energía y de agua”, anota Díaz.

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Bloque de preguntas y respuestas:

¿En qué consiste el nuevo programa de ahorro de energía del Grupo EPM y a quiénes aplica?
Es una medida basada en la Resolución CREG 101 120 de 2026 que busca frenar la alta demanda ante la baja hidrología por el Fenómeno de El Niño. Aplica de forma automática a los usuarios regulados de sus filiales (Afinia, CHEC, CENS, EDEQ, EPM y ESSA), fijando una meta individual de consumo basada en el promedio de los últimos 12 meses.
¿Cómo funcionan los castigos económicos por derroche y los incentivos para quienes ahorren?
Si un usuario supera el 110 % de su meta de consumo, pagará un cobro adicional por los kilovatios excedidos. Por el contrario, a los usuarios que reduzcan su consumo por debajo del 90 % se les redistribuirá el dinero recaudado de los penalizados mediante una bolsa de recursos que premiará su esfuerzo económico.
¿Qué usuarios o sectores quedan excluidos de este programa de penalizaciones y recompensas?
Quedan exentos los servicios con medidores prepago, lecturas no convencionales o servicios suspendidos. Tampoco aplicará para sectores esenciales como hospitales, instituciones educativas, centros de cuidado, organismos de socorro, dependencias de seguridad y establecimientos penitenciarios.

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