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Justicia de E.U. dicta que Facebook no puede oponerse a órdenes de registro

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21 de julio de 2015
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Una corte de Apelaciones de Nueva York, E.U., dictó este martes que la red social más usada del mundo, Facebook, no puede oponerse a órdenes de registro por parte de las autoridades amparándose en el derecho a la privacidad de sus usuarios.

Los cinco jueces de la división de Apelaciones del Tribunal Supremo del estado de Nueva York ratificaron así la decisión de un tribunal de rango inferior, que había dictaminado que sólo un acusado puede oponerse judicialmente a una orden de registro, pero no un tercero como en este caso Facebook.

El caso concreto que estudiaba la corte corresponde a las órdenes de registro dictadas contra los perfiles en la red social de 381 empleados públicos acusados de haber defraudado a la seguridad social al recibir beneficios por discapacidades físicas que presuntamente no sufrían.

Las autoridades utilizaron las fotografías de los usuarios colgadas en Facebook en las que se les ve esquiando, jugando al golf y practicando artes marciales, entre otras actividades, para demostrar que los acusados habían mentido sobre su condición física.

Pese a que el tribunal neoyorquino determinó que Facebook no puede oponerse a los registros, sí reconoció el derecho de los acusados a eliminar las pruebas de sus perfiles en las redes sociales.

Facebook cuenta con el respaldo en esta batalla judicial de otras grandes compañías de internet como Google y Microsoft, que temen que una resolución judicial en su contra otorgue a las autoridades demasiado acceso a los contenidos digitales de los usuarios.

“Seguimos creyendo que órdenes de registro demasiado amplias, que dan al Gobierno la capacidad de retener la información de las cuentas de cientos de personas indefinidamente, son inconstitucionales y plantean serias dudas sobre la privacidad de la información online de las personas”, indicó en un comunicado la empresa con sede en California.

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