La obesidad es un grave problema de salud pública en todo el mundo y Colombia no es la excepción. En el país, más de la mitad de los adultos entre 18 y 64 años son obesos o tienen sobrepeso. Más precisamente, según el Ministerio de Salud, uno de cada cinco colombianos es obeso. Una condición que acarrea graves riesgos sobre la salud porque puede llevar a problemas de hipertensión, diabetes, enfermedades cardiovasculares, entre otros padecimientos. En el caso del covid-19, la obesidad es un factor de riesgo importante. Los efectos sobre la economía son significativos (4% del PIB según la Oecd).
Los expertos señalan que las causas de la obesidad se encuentran en los malos hábitos alimentarios y las rutinas laborales que no favorecen la actividad física y propician el sedentarismo. Una de las recomendaciones (OMS, OPS) para combatir ese flagelo es establecer el etiquetado frontal de los alimentos.
En general, el etiquetado permite conocer un producto y ya se hace; en el caso del etiquetado frontal, la idea es advertir acerca del excesivo contenido de azúcar, grasas saturadas y grasas trans que puedan contener ciertos alimentos y bebidas y que por su alto contenido calórico pueden afectar la salud de las personas. El etiquetado se hace de acuerdo con perfiles de nutrientes de las organizaciones internacionales de salud.
En Colombia, luego de tres intentos, la ley de etiquetado frontal de los alimentos ultraprocesados y bebidas está cerca de ser una realidad. Con la aprobación en el Senado, falta la conciliación entre las dos cámaras para que el proyecto pase a sanción presidencial. Sin embargo, la conciliación no es fácil porque en ciertos detalles, por ejemplo, el tamaño de las etiquetas o su color, hay diferencias importantes entre Senado y Cámara.
El proyecto es un paso adelante en la política de protección del derecho a la salud. Al orientar al ciudadano en la elección de alimentos saludables, cumple el cometido de darle una mayor información a los hogares para que tomen sus decisiones de consumo en las mejores condiciones posibles, que debe de todas formas acompañarse con campañas de educación para el consumo de alimentos. Se fortalece el principio de la soberanía del consumidor para guiar la política pública.
La ley, una vez expedida, va a incentivar a la industria para la reformulación de productos sanos y que faciliten el diseño de políticas públicas de alimentación. Sin embargo, a pesar de sus virtudes, la ley no es inocua y afecta a la industria por varias vías. Un primer efecto es la propia reformulación de la producción. Otro, puede ser la reducción de la demanda por las advertencias sobre ciertos productos. También habrá un impacto sobre otros costos, al tener que cambiar el diseño y presentación de los empaques y las estrategias de publicidad.
El legislador, en buena hora, optó por proteger la salud de los colombianos. La decisión no era fácil y todavía falta por surtir el último paso. En el largo plazo los beneficios son indudables para la salud de los colombianos y también favorece las finanzas estatales que se benefician de esa mejor salud. La industria tendrá un tiempo de transición a la nueva realidad, que amortiguará el impacto, que no se puede negar, pero debe prepararse para este nuevo entorno regulatorio global, que, en el futuro, tiene en la agenda incorporar impuestos a los alimentos poco saludables para financiar el gasto en salud