viernes
2 y 8
2 y 8
Al fin la Corte Constitucional se pronunció sobre el proyecto de ley estatutaria que regula el llamado “Plebiscito para la paz”. Lo hizo el pasado 18 de junio a través de un comunicado que da cuenta de lo resuelto en la sentencia C-379 de 2016. Y lo hizo siguiendo la tradición del tribunal, esto es, sin entorpecer los propósitos expresos que materializan la voluntad política en un momento dado. Como cuando le dio paso a la reelección de Álvaro Uribe.
Para hacerlo, la Corte ignoró las normas constitucionales...
ESTE CONTENIDO ES EXCLUSIVO
PARA SUSCRIPTORES
¿Ya sos un suscriptor? Iniciá sesión
Al realizar el registro de tus datos por medio de estas redes
sociales, aceptas los términos y condiciones, de tu
información personal y el uso de tu información por terceros
de El Colombiano disponibles www.elcolombiano.com
y el envío de noticias a tu correo.
SI YA ESTÁS REGISTRADO
Iniciá sesión con tu correo y contraseña
¿QUERÉS SER UN SUSCRIPTOR?
TENEMOS PLANES DESDE
$14.900,
Seleccioná el que más te convenga:
9 razones más para compartir tus datos con EL COLOMBIANO