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Columnistas | PUBLICADO EL 20 julio 2020

Licenciamiento ambiental del proyecto minero Quebradona

Por Azucena Restrepo Herrera*

www.proantioquia.org.co

El Gobierno Nacional ha definido dentro de las prioridades de crecimiento económico, darle un papel predominante a la llegada de inversión extranjera a través de la exploración y explotación de los recursos naturales no renovables. Según la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, este ejercicio ha carecido de una visión unificada que integre las diversas visiones del desarrollo en los niveles nacional, regional y local, que promueva una percepción del territorio como un activo social indispensable para el desarrollo de los diversos sectores de la economía. Tampoco ha considerado que el desarrollo ha pasado de un entendimiento puramente económico (ingresos), a un concepto más integral, que incluye el bienestar del ser humano y la búsqueda de mayores libertades y capacidades, las cuales no son sólo el objetivo principal del desarrollo, sino, además, se consideran como los principales medios para alcanzarlo.

En este ejercicio, la relación suelo – subsuelo ha generado tensiones entre la Nación y los territorios. El subsuelo ha sido considerado por la nación únicamente en función de sus recursos, y el suelo no ha contado con los instrumentos de tratamiento y ordenamiento adecuados desde los territorios, que permitan a su vez la sostenibilidad de los ecosistemas y el mejoramiento de la calidad de vida y el progreso social de la población.

En sentencia SU – 095 de 2018 la Corte Constitucional tras una evaluación de la regulación existente en materia de exploración y explotación del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, reconoce la existencia de un “déficit de protección constitucionalmente inadmisible”, señalando la ausencia de mecanismos de participación ciudadana e instrumentos de coordinación y concurrencia entre la nación y las autoridades locales y regionales, que permita una planificación y uso eficiente del suelo y el subsuelo y el desarrollo de las actividades económicas bajo los más estrictos estándares de protección del medio ambiente y el respeto de las características, necesidades y especificidades regionales, económicas, culturales y sociales de los territorios y las comunidades que los habitan.

En este sentido, el licenciamiento del proyecto minero Quebradona en el Suroeste antioqueño, en donde la multinacional Anglo Gold Ashanti ostenta derechos de exploración y explotación para cobre, oro y plata, de acuerdo con lo definido en el Contrato de Concesión Minera número HHII-13, obliga a las autoridades del país, a las instituciones públicas y privadas, al sector académico y demás Entidades gubernamentales y no gubernamentales, a abordar y analizar el tema, antes de la expedición del acto administrativo que lo defina. Esto desde un enfoque multisectorial y sistémico que garantice la sostenibilidad ambiental del territorio, ofrezca claridad sobre el modelo de generación y distribución económica de la explotación de cobre para el país, proteja el goce efectivo de los derechos individuales y colectivos de la población, y garantice la confianza y seguridad de las comunidades que habitan el territorio.

Por esta razón, Proantioquia, Fundación para el Desarrollo, ha decidido participar como tercero interviniente en dicho licenciamiento. Nuestra actuación en este proceso estará basada el interés superior de un desarrollo sostenible, la construcción de valor público nacional y territorial y el fortalecimiento institucional de las decisiones públicas.

*Presidenta ejecutiva de Proantioquia.

Proantioquia

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