Pico y Placa Medellín
viernes
3 y 4
3 y 4
Por Armando Estrada Villa - opinion@elcolombiano.com.co
La responsabilidad implica que los gobernantes tienen obligaciones, tareas y funciones que deben realizar en virtud del cargo, están obligados a dar cuenta de su gestión a la sociedad y a sus electores en forma directa o a través de los cuerpos colegiados y deben asumir las consecuencias de sus actos de conformidad con el derecho.
Tienen sobre si dos clases de responsabilidades: unas en calidad de ciudadanos y otras en carácter de gobernantes. Las primeras, denominadas jurídicas (de orden penal), van ligadas a la condición de ciudadanos y son exigibles por medio de la rama judicial, que, en el caso del presidente de la República es por la Corte Suprema de Justicia, previa acusación de la Cámara de Representantes y aceptación del Senado. Las segundas son políticas que se hacen efectivas por corporaciones públicas de elección popular u otros órganos encargados del juzgamiento de la conducta oficial.
Para la ejecución del programa de gobierno, que se lleva a cabo mediante cumplimiento de obligaciones y funciones del gobernante, se tienen en cuenta tres factores: intención, acción y resultados. La intención, que es lo que se pretende realizar y está influida por convicciones e ideología del gobernante, define propósitos y motivación para emprender una acción, dan enfoque a lo que debe ejecutarse y sirven de guía para toma de decisiones y acciones políticas. La acción está constituida por medios, métodos y negociaciones que permiten cumplir la intención y llegar al resultado deseado. Los resultados muestran lo que se hizo y consisten en los efectos de la actividad del gobernante y las consecuencias que se derivan de acciones realizadas, que pueden coincidir o no con lo que se esperaba. Hay que reconocer que las buenas intenciones del gobernante son importantes, pero no bastan, ni lo eximen de la responsabilidad, pues debe responsabilizarse de las consecuencias de sus acciones y de los efectos y resultados. De otra parte, hay que admitir que el gobernante responsable no puede atenerse solo a sus convicciones, principios o ideología como la única justificación de sus acciones, debe tener en cuenta las consecuencias de sus decisiones y preocuparse tanto de los medios destinados a alcanzar fines como por los efectos de su actuación. Debe tenerse presente que el particular es responsable por infringir la ley y puede hacer todo lo que la ley no le prohíbe; en tanto que los gobernantes son responsables por infringir la ley, omisión y extralimitación en sus funciones y solo pueden hacer lo que la ley les permite. El gobernante está obligado a reconocer y afrontar consecuencias de sus acciones, omisiones y extralimitaciones y le cabe responsabilidad jurídica por la comisión de un delito y política por negligencia, imprudencia, graves fallas éticas, parcialidad política, inconsistencias comportamentales, manifiestos casos de ineficiencia, ausencia de resultados, promesas incumplidas, despilfarro de fondos públicos.
En suma, el gobernante responsable es el que mantiene sus convicciones, principios e ideología a la vez tiene en cuenta sus consecuencias y se responsabiliza de lo que ha hecho, de lo que no y de lo que ha hecho mal, ya que por ello está sujeto a elogios, críticas o sanciones penales y disciplinarias. En el entendido que ambas responsabilidades son decisivas para la legitimidad del Estado y la gobernabilidad y gobernanza del gobierno.