Se estima que 3.234 colombianos se declararon en quiebra el año anterior por medio de la Ley de Insolvencia de personas naturales no comerciantes, lo que representó un incremento del 44,7% en este tipo de solicitudes con respecto al 2020.
Luis Benítez, director de Insolvencia Colombia e IFI Inteligencia Financiera, señaló que aunque la economía en Colombia creció por encima del 10% en el 2021, es necesario que los efectos de ese crecimiento toquen los bolsillos de los colombianos.
“El incremento en solicitudes de insolvencia durante el año pasado, es el resultado de los impactos que aún tiene en los colombianos la pandemia y el desempleo”, añadió (ver gráfico).
Un informe de Insolvencia Colombia e IFI Inteligencia Financiera mostró que la edad promedio de los colombianos que se declararon en quiebra durante el 2021 está entre los 45 y 52 años, siendo los hombres (61%) los que más solicitudes presentan respecto a las mujeres (39%).
Así mismo, el análisis estableció que el promedio salarial de las personas que se han acogido a la ley de insolvencia es de 3,9 millones y en general son profesionales con empleos bien remunerados.
En cuanto a los acuerdos de pago de los insolventes con los acreedores, el informe evidenció que estos se dan en 6 de cada 10 trámites de insolvencia, lo cual demuestra que el procedimiento, establecido por la Ley 1564 de 2012 está siendo utilizado para lo cual fue diseñado: acercar a las partes a soluciones de conflictos mediante la negociación de deudas.
Coletazo
La abogada María Eugenia Orozco, de la firma Insolvencia Soluciones Jurídicas, sostuvo que los efectos de la pandemia sobre las finanzas personales de los colombianos seguirán notándose durante este año, el próximo e incluso el 2024.
Aseguró que en lo que va de este año se observa un aumento en el número de remates de inmuebles, así como en los procesos de secuestro y embargo de bienes por parte de los juzgados que adelantan trámites de cobros jurídicos.
Añadió que pese al Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD) desarrollado por el sistema financiero es alto el número de personas que se mantienen desempleadas sin normalizar su situación económica ni atender las obligaciones de los créditos tomados (ver Antecedentes).
En esa línea, el informe de Insolvencia Colombia anticipa lo que puede ser la situación financiera de los colombianos este año, por lo que el análisis prevé que el número de colombianos que se declararán en quiebra aumentará en un 15% aproximadamente en este 2022.
Según lo explica Benítez, “esto se debe principalmente a que cada vez más los colombianos conocen los beneficios de acogerse a la ley de insolvencia para solucionar sus problemas financieros, pero también este año en particular el alza en la inflación presionará la situación económica de los hogares”.
También insistió en que a medida que los bancos y otros acreedores han venido conociendo la ley, han identificado que este mecanismo es más ágil para solucionar los conflictos financieros con los ciudadanos.
A nivel de regiones, Bogotá, Valle del Cauca y Antioquia son las zonas donde se acumularon, en 2021, el mayor número de solicitudes de insolvencia a persona natural (56%).
Sin embargo, el informe destacó el crecimiento abrupto del número de personas que se declararon en quiebra en otras regiones en 2021, respecto a 2020, como Santander (481%), Caldas (1.033%), Huila (88%) y Risaralda (144%).
La dinámica
Beatriz Arango Nieto, abogada de Insolvencia Soluciones Jurídicas, explicó que la norma que se expidió en 2012 ha pasado por varias etapas, la primera de ellas la incredulidad de las personas que pensaban que no era posible que existiera una ley que les permitiera pagar sus deudas por cuotas y sin intereses.
“Aún a la gente le cuesta creer que tienen esta oportunidad. Incluso cuando se interesan por el tema, piensan que los vamos a engañar y que se le va a quitar la plata porque la ley no existe”, comentó Arango, quien también es conciliadora en la Cámara de Comercio de Medellín.
Otro fenómeno que está apreciando Arango tiene que ver con la lentitud con la que los despachos judiciales están atendiendo este tipo de trámites. Los costos del proceso abarcan aspectos como las notificaciones y los honorarios.
“En el caso de un proceso de insolvencia, por el que se cobran $5,2 millones, que vaya a la etapa de liquidación va a tardar por lo menos cuatro años. Así que el cobro hecho por la oficina de abogados dará pérdidas, pues es más lo que se gasta en pagos al dependiente judicial que la ganancia de todo el trámite”, explicó la abogada.
Desde su óptica, los juzgados deberían tardar como máximo un año para resolver este tipo diligencias, pero se están demorando más de cuatro años.
Motivaciones
Por su parte, Alejandra Betancur, jefe de Conciliación de la Cámara de Comercio de Medellín, señaló que el interés por este tipo de trámites tuvo una tendencia similar tanto en 2020 como en 2021, periodos en los que se contabilizaron 62 y 64 casos, respectivamente.
Las causales recurrentes para acoger la Ley de Insolvencia están asociadas a reducción de los ingresos personales y familiares, pérdida del empleo, enfermedad, ser deudor solidario o divorcio.
Los expertos en insolvencia coinciden en resaltar que esta figura posibilita la suspensión de embargos o procesos ejecutivos, pues lo que se busca es la universalidad de los bienes del deudor y que estos no queden separados, para que con estos se puede proponer una fórmula de pago.
Y sobre el término de estos procesos, Betancur aclara que no es prudente calificar su grado de satisfacción, porque muchas veces lo que el deudor necesita es una liquidación, cosa que no será favorable para los acreedores.
En lo corrido de este 2022 el área de Conciliación de la Cámara de Comercio de Medellín ha adelantado doce trámites de insolvencia.
Una persona se puede declarar en insolvencia cuando está en mora de sus obligaciones de crédito; o sea, que observa un atraso o cesación de pagos mínimo de 90 días con dos o más acreedores, que pueden ser una o varias entidades del sistema financiero, otras personas naturales o establecimientos comerciales.
La normativa igualmente ampara a quien esté inmerso en dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva, o sea a aquella persona a la que un juez obligará a pagar una deuda mediante un embargo del salario o de un bien.
Bajo esas circunstancias, al amparo de esa figura legal una persona natural no comerciante puede renegociar todas sus deudas mediante un acuerdo con todos sus acreedores, liquidar su patrimonio y quedar libre de compromisos económicos.