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Los límites que le puede poner una copropiedad

La Ley 675 de 2001 y los manuales de convivencia internos buscan garantizar la convivencia pacífica en estos espacios.

  • ilustración sstock
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14 de noviembre de 2020
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En Antioquia existen aproximadamente 8.200 copropiedades, de acuerdo con La Lonja y como su nombre lo indica, estos espacios deben regirse por unas reglas comunes, en las cuales se puede limitar ítems como la modificación de las fachadas, los horarios para hacer arreglos o incluso fumar.

Lo primero que hay que decir es que son dos los documentos que rigen estos espacios: la Ley de Propiedad Horizontal (675 de 2001) y el manual de convivencia de cada copropiedad, de acuerdo con el gerente general de La Lonja, Federico Estrada. Dicha legislación se asienta en cuatro ejes: la definición de la función social de la construcción, la convivencia pacífica y solidaria entre copropietarios, el respeto a la dignidad humana y el derecho al debido proceso.

Lo que aclaró Alfonso Álvarez, director ejecutivo de Asurbe, es que si bien en estas modalidades confluyen zonas de propiedad común y zonas privadas, existen restricciones sobre ambas. Por ejemplo, el experto explicó que si se decide que en la propiedad privada se haga algo en contra de la naturaleza, la copropiedad puede exigir lo contrario. Este es el caso de los bienes que son utilizados de manera comercial en espacios que solo son residenciales.

También, el principio de la convivencia sana es el que permite que se puedan restringir en términos de horarios situaciones como arreglos de las casas, cuyos ruidos pueden ser molestos para las demás personas habitantes de la copropiedad. Además, se limita la posibilidad de que se lleven a cabo acciones que jueguen con la seguridad de las demás personas.

De todos modos están por encima la Constitución Política y las leyes generales. Teniendo en cuenta que la de Propiedad Horizontal es una ley específica, esta no puede establecer normas que violen ninguna de los dos tipos de normativas que tienen mayor jerarquía.

Para que se consiga un manual de convivencia de calidad, lo que recomienda Estrada es que los textos abarquen seis aspectos: “la conformación del comité de convivencia; derechos, obligaciones y prohibiciones; regulación y horarios de trasteos; principios de convivencia; régimen de obras en los bienes de uso privado; y reglamentación de los usos y horarios de las zonas comunes”.

Ambos expertos son claros en que no se puede olvidar que cada unidad residencial es un mundo diferente, razón por la que debe haber espacio para que se impongan normas específicas, dependiendo de las necesidades que surjan a partir de cada espacio y de cada grupo de personas.

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