El exdirector seccional de fiscalías de Medellín, Guillermo León Valencia Cossio, fue condenado a 15 años de prisión por los delitos de concierto para delinquir agravado, falsedad por destrucción, supresión y ocultamiento de documento público, y enriquecimiento ilícito.
Valencia Cossio fue hallado culpable de dichos delitos pues, según el fallo de la Corte Suprema de Justicia, a través de su función como director de Fiscalías de Medellín, Valencia Cossio influyó para que John Freddy Manco Torres, alias ‘El Indio’, fuera excluido del organigrama de la banda criminal de Daniel Rendón Herrera, alias ‘Don Mario’. Por esto, el alto tribunal encontró además que el exfuncionario judicial recibió beneficios económicos de parte de dicha banda del narcotráfico.
La decisión, que fue anunciada en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia por el magistrado Jorge Luis Quintero Milanés, de la Sala Penal y autor de la sentencia, también contempla la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término y una multa equivalente a 12.014,40 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Sentido del fallo
El pasado 10 de febrero, el alto tribunal había dado a conocer el sentido del fallo. Consultados por EL COLOMBIANO en ese momento, expertos en derecho penal hicieron un análisis del mismo y encontraron "algunas inconsistencias".
En el caso de concierto para delinquir, el documento de la Corte dice: "Guillermo León Valencia Cossio, quien por sus estrechos vínculos con Felipe Sierra, era conocedor no solo de la existencia de la organización criminal, sino también de sus objetivos, para cuyo logro prestó su efectivo concurso, el cual le fue compensado por lo menos con una cuatrimoto y un supuesto préstamo de $150.000.000".
Los penalistas consultados sostienen que "no es aceptable en un sentido de fallo o en un fallo hablar de supuestos, porque, para condenar, es necesaria la certeza".
Otro aspecto que, según los expertos, muestra debilidades en este caso es que en sus testimonios durante el juicio, los desmovilizados jefes paramilitares Freddy Rendón Herrera, alias "El Alemán"; Daniel Rendón Herrera, alias "Mario", y Éver Veloza, alias "HH", negaron conocer o tener algún contacto con Guillermo León Valencia Cossio.
Aquí es importante resaltar que el testimonio de estos confesos delincuentes, cuando es incriminatorio, sí ha sido tenido en cuenta por el alto tribunal para involucrar a dirigentes políticos locales, regionales y nacionales en el llamado proceso de la parapolítica.
Además, en el proceso siempre se sostuvo que John Freddy Manco Torres, alias "El Indio", era el lugarteniente de "Mario" y que fue el primero el que supuestamente se valió de los servicios de Valencia Cossio para desaparecer del organigrama de la organización delincuencial al segundo.
Pero dentro de las 115 interceptaciones telefónicas -de 7.200 realizadas- no hay ninguna que corresponda a contactos entre "El Indio" y "Mario", los supuestos cabecillas de la banda criminal a la que habría ayudado Valencia Cossio.
Enriquecimiento ilícito
Dice el sentido del fallo de la Sala Penal de la Corte que "sin desconocer que el dictamen pericial que sobre dicho asunto emitió el experto de la Fiscalía General de la Nación incurre en algunas imprecisiones que pueden tener incidencia en la determinación del monto del incremento patrimonial, de todos modos las mismas no tienen la potencialidad como para ser descartado de plano, y por el contrario, será una prueba sobre la cual la Corte apoyará, entre otras, la condena por este punible".
Sobre este delito, la Procuraduría solicitó la absolución de Valencia Cossio, por las mencionadas "imprecisiones" del peritaje.
La defensa entregó un peritaje propio, elaborado por Ignacio Sanín Bernal, experto en derecho comercial, societario y tributario, el cual no fue objetado por la Fiscalía, ente que solo hizo la observación de que no se trataba de un contador.
Aquí, los penalistas consideran que uno de los errores del peritaje de la Fiscalía fue incluir la valorización de los inmuebles de Valencia Cossio como incremento no justificado, cuando la valorización es un proceso ajeno al propietario y además, el exdirector de Fiscalías no los vendió, por lo que el incremento patrimonial solo quedó en el papel.
A Valencia Cossio la Fiscalía le pagaba su sueldo en Davivienda, pero éste lo trasladaba de inmediato al Banco de Occidente. Según los expertos, como el perito de la Fiscalía no registró en su informe los retiros de la primera entidad y anotó solo las consignaciones en ambos bancos, duplicó el sueldo del acusado.
Documentos
Según la Sala Penal de la Corte Suprema, en el delito de destrucción, supresión u ocultamiento de documento público, Valencia Cossio "tuvo en la comisión de dicha conducta punible como autor mediato y no como determinador" porque la Fiscalía y la Procuraduría coinciden en que el acusado tuvo "un comportamiento de 'persuasión' ante el general (Marco Antonio) Pedreros para que finalmente impartiera la orden de excluir a alias El Indio del multicitado organigrama".
En derecho penal, dijeron los analistas consultados, se entiende como autor mediato a la persona que se vale de un instrumento humano o animal para cometer, a través de éste, el delito.
Pero agregan que no puede ser posible que, en este caso, ese instrumento sea el general Pedreros, para la época comandante de la Regional 6 de la Policía, pues no se puede usar fácilmente como un instrumento ciego.
En su testimonio ante la Corte, Pedreros dijo que Valencia Cossio le indicó que había un error en el borrador del organigrama de la banda de alias "Mario", pues tenía información de que alias "El Indio" no era el segundo, y le solicitó que la verificara.
Y aunque "El Indio" fue retirado del organigrama delincuencial, en ningún momento dejó de ser un objetivo importante de las autoridades en su lucha contra la delincuencia.