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El plazo que dio tribunal a Duque para crear protocolo de protestas

  • Protestas en Bogotá el 13 de septiembre. FOTO COLPRENSA
    Protestas en Bogotá el 13 de septiembre. FOTO COLPRENSA
08 de octubre de 2020
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Al resolver una tutela interpuesta por dos ciudadanos en contra del presidente Iván Duque; el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, y el director de la Policía, General Óscar Atehortúa, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Gobierno crear un protocolo que garantice el derecho a la protesta en el país, teniendo en cuenta los casos de abusos policiales en las manifestaciones de las últimas semanas.

La orden del tribunal es clara: en 10 días hábiles, el Gobierno nacional, en cabeza de Duque y la mesa de trabajo el plazo de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de este fallo y cuyo documento en todo caso deberán entregar al tribunal antes de la realización de la primera próxima protesta que se autorice llevar a cabo.

En estos términos, el protocolo deberá entregarse el 20 de octubre a sabiendas que el 21 de octubre se realizará una protesta nacional promovido por el Comité Nacional del Paro.

Asimismo, el Tribunal ordenó a la Fiscalía “o a quien haga sus veces para que imprima un criterio de celeridad prevalente y especial a las investigaciones penales que se adelantan por los posibles hechos delictivos acaecidos en el marco de las protestas de los días 9, 10 y 11 de septiembre del presente año con el fin de que las acciones penales respectivas no lleguen a prescribir”.

Velar por los derechos

En la sentencia, la magistrada Nelly Yolanda Villamizar de Peñaranda explica que la acción fue interpuesta por Valentina Arboleda García y Diego Alejandro Huérfano Mirando, quienes dijeron que se había vulnerado sus derechos fundamentales a la vida, la libertad de expresión, la paz y a la protesta social cuando hicieron parte de las manifestaciones de los días 9, 10 y 11 de septiembre.

Entre otras cosas, Arboleda y Huérfano pidieron que se ordene a la Policía el uso de armas de fuego y/o no letales en el marco de protestas ciudadanas; que se ordene no emplear fuerzas militares en reuniones públicas, y que se realicen “de manera inmediata y con la mayor celeridad” las investigaciones por la muerte de Javier Ordóñez el 9 de septiembre y de Jaider Alexander Fonseca, Julieth Martínez, Fredy Mahecha, Germán Smith Puentes, Andrés Rodríguez, Angie Vaquero, Julián Mauricio González, Cristian Andrés Hurtado y Lorwuan Estiben Mendoza los días 9, 10 y 11 de septiembre.

Puede leer: Las discrepancias entre la Alcaldía de Bogotá y el Gobierno por las protestas

Entre los argumentos de las partes vinculadas -esto es el presidente, el ministro de Defensa y el director de la Policía- se encuentra que, para el Departamento Adminsitrativo de la Presidencia de la República (Dapre), “la parte actora no cuenta con legitimación en la causa por activa para interponer la acción de tutela”.

Además, que es improcedente porque no se acreditó “cómo las entidades quebrantaron” los derechos invocados y que “el presidente no ha vulnerado ningún derecho fundamental, por cuanto ninguno de los cargos tienen que ver con su competencia”.

Sin embargo, al estudiar los hechos el Tribunal concluyó que “la sola circunstancia de haber participado en las protestas donde algunos de los manifestantes fueron lesionados por algunos policías, resulta ser una razón para que deban prodigarles protección a esos derechos aunque no hayan sido ellos quienes directamente recibieron lesiones”.

También: Cinco puntos que dividen del protocolo de protestas

En cuanto a la responsabilidad de los altos mandos, señaló que esta “obedece a las funciones que a ellos les compete por las razones de orden pùblico que ha sido alterado en las diferentes protestas de las que se relatan en esta demanda de tutela (...) de ahí la necesidad de la vinculación de dichos funcionarios como supremas autoridades”.

Por eso, el Tribunal ordenó la creación de un protocolo el cual debe ser acatado por miembros de la Policía que cubran las manifestaciones, bien sea para garantizar la seguridad de las personas o para restablecer el orden público.

Este protocolo tendrá que ser creado por una mesa de trabajo, cuya creación es ordenada por la sentencia del tribunal, en el que participen el presidente Iván Duque; la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, y representantes de las ramas legislativa, ejecutiva y judicial. Tendrán que ser escuchados sectores económicos, partidos políticos y organizaciones sociales.

Además: Ministro de Defensa ofrece disculpas por abusos policiales

A corto plazo, dicho documento tendrá que “evidenciar medidas tales como la identificación de las personas y grupos que se infiltran en las marchas y causan los desmanes y desórdenes, como las acciones que deben emprender los agentes de la Policía para recuperar el control del orden público con la impartición de órdenes concretas de maneras de actuar en ese momento de caos”.

Por último, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca fue enfático en que “la afectación a los derechos fundamentales de Valentina Arboleda y Diego Alejandro Huérfano no tiene su causa en la conducta activa de las autoridades accionadas, sino en el comportamiento desmesurado de los agentes de la Policía ya identificados y por aquellos sobre los cuales la Fiscalía está realizando las correspondientes investigaciones”.

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