“Debo advertirle a Abelardo, que antes de dejar de ser presidente deje una denuncia contra él por la persecución contra un grupo civil con identidad política, delito de lesa humanidad”.
Con ese mensaje, publicado en su cuenta de X el 1.° de septiembre, el expresidente Gustavo Petro anunció que había acudido a la Corte Penal Internacional (CPI) contra Abelardo de la Espriella.
En la misma publicación aseguró que había presentado la denuncia bajo sus derechos como presidente y con fundamento en el Estatuto de Roma. Lo extraño es que lo hizo cuando aún era presidente.
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Sin embargo, lo que realmente pasó fue que antes de dejar el poder, el 7 de agosto, Petro remitió una comunicación a la Corte Penal Internacional para solicitar que examinara crímenes pasados y en curso en Colombia.
La remisión invocó el artículo 14 del Estatuto de Roma y pidió reconsiderar el cierre, en 2021, del examen preliminar sobre el país. Habló de un “cambio significativo en las circunstancias” que, en sus palabras, podría afectar en el futuro la voluntad y/o la capacidad de las autoridades colombianas para investigar y/o enjuiciar genuinamente esos crímenes”.
La comunicación pide que se investiguen crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, incluyendo: asesinato, desplazamiento forzoso, encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física, tortura, violación y otras formas de violencia sexual, ataques contra civiles, toma de rehenes y reclutamiento de menores.
Entre las áreas prioritarias en las que el Estado colombiano identificó posibles “brechas de rendición de cuentas”, según cita la CPI, están el desplazamiento forzado, los crímenes sexuales, y las ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.
En cuanto a los crímenes en curso, la remisión señaló la violencia contra excombatientes de las Farc, líderes sociales y defensores de derechos humanos.
Petro, sin embargo, publicó su mensaje casi un mes después de que se enviara esa comunicación. En el mismo trino en el que anuncia públicamente la denuncia, también menciona los asesinatos de James Flor y María Ovidia Palechor, a quienes identificó como líderes sociales y comunitarios del campesinado en Cajibío, Cauca, y amigos personales suyos. Ambos eran militantes del Pacto Histórico, según escribió.
Una decisión adversa y una apelación
La historia no terminó con el mensaje del expresidente. El 3 de septiembre, la Sala de Cuestiones Preliminares II de la CPI ordenó cerrar el expediente al considerar que la comunicación del Estado colombiano no constituía una remisión válida.
Según la decisión, la solicitud se apoyaba en especulaciones y escenarios hipotéticos sobre el nuevo gobierno. Sobre todo porque Petro lo envió incluso antes de la posesión presidencial de Abelardo de la Espriella.
Y, de hecho, el trino de Petro sobre los asesinatos de líderes sociales corresponde a casi un mes después de haber enviado el documento a la CPI.
Pero el 25 de septiembre la Fiscalía de ese órgano presentó un recurso de apelación en el que sostuvo que la Sala había pasado por alto que la comunicación colombiana sí se refería a crímenes pasados y continuados, y que se había excedido en sus atribuciones al intervenir en una etapa que correspondía inicialmente al fiscal.
La Fiscalía dice que primero consultó con representantes del gobierno actual de Abelardo de la Espriella y después avisó a la Presidencia de la Corte sobre la comunicación que había enviado Petro el 7 de agosto. Lo hizo porque considera que esa comunicación es una remisión válida.
El recurso pidió reabrir el expediente y precisar los límites de la intervención judicial antes de una eventual investigación formal. El documento quedó registrado en la CPI como ICC-01/26-7.
La apelación no significa que la Corte haya abierto una investigación formal contra De la Espriella ni que haya determinado que se cometieron los delitos señalados.
La Cámara de Apelaciones está resolviendo si deja firme el cierre del expediente o si ordena reabrir la carpeta de la situación para permitir que el Fiscal evalúe si corresponde o no abrir una investigación formal sobre Colombia.
Este es el documento de la apelación de la CPI:
La CPI, con sede en La Haya, tiene competencia para investigar y juzgar a personas acusadas de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y agresión.
Cabe señalar, sin embargo, que en octubre de 2021, Colombia y la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) hicieron un acuerdo de cooperación que condujo al cierre del examen que el tribunal adelantaba sobre el país desde 2004.
La decisión se tomó bajo la dirección del entonces fiscal Karim Khan, quien consideró que las instituciones colombianas, entre ellas la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la justicia ordinaria, demostraban voluntad y capacidad para investigar y juzgar los crímenes contemplados en el Estatuto de Roma, como lo son los que se cometieron en el marco del conflicto armado.
La pregunta que queda abierta es si al pedir a la CPI que reabra su examen sobre Colombia, el expresidente habría entonces mandado un mensaje de que instituciones como la JEP o la misma justicia ordinaria no serían suficientemente competentes para juzgar los crímenes de lesa humanidad, según señalaron expertos a este medio.
A todo esto se suma que el 18 de septiembre, el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, envió una carta a la Fiscalía de la CPI en la que advirtió que las propuestas de cambios a la JEP, como el recorte del presupuesto y el proyecto de ley que propone una revisión automática a los procesos de miembros de la Fuerza Pública de parte de la Justicia Penal Militar “debilitan las condiciones materiales, jurídicas e institucionales indispensables para el funcionamiento de la JEP”.
Según señaló, estas medidas constituyen un incumplimiento de las obligaciones que el Gobierno asumió ante la CPI.
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Bloque de preguntas y respuestas:
- ¿Gustavo Petro denunció a Abelardo de la Espriella ante la CPI?
- No directamente. Antes de dejar el poder, el 7 de agosto, remitió una comunicación a la Corte Penal Internacional para solicitar que examinara crímenes pasados y en curso en Colombia por situaciones de “inminente” riesgo.
- ¿Qué resolvió la CPI ante esa solicitud?
- En principio, la Sala de Cuestiones Preliminares II consideró que la comunicación del Estado colombiano no constituía una remisión válida, pues se basaba en riesgos especulativos y escenarios hipotéticos sobre el nuevo gobierno. Pero la Fiscalía de ese organismo solicitó después revocar la decisión de cierre y reabrir el expediente. Argumentó que la remisión sí hacía referencia a posibles crímenes pasados y continuados
- ¿Por qué la CPI cerró el examen preliminar sobre Colombia en 2021?
- En octubre de 2021, Colombia y la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) firmaron un acuerdo de cooperación que llevó al cierre del examen preliminar que el tribunal adelantaba sobre el país desde 2004. En ese entonces se consideró que las instituciones colombianas, como la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la justicia ordinaria, tenían la voluntad y la capacidad de investigar y juzgar los crímenes contemplados en el Estatuto de Roma.