A menos de cinco meses de que se lleven a cabo las próximas elecciones legislativas, en el Congreso se tomó una polémica decisión que podría impactar el desarrollo de esos comicios: tumbar un artículo de la Ley de Garantías que les impedía a las entidades territoriales y nacionales celebrar contratos cuatro meses antes de las elecciones.
En concreto, la medida se tomó durante la votación del proyecto de ley 158 de 2021, que estableció el Presupuesto General de la Nación (PGN) para el 2022. En el artículo 125 de la iniciativa se dispuso que se suspendería un inciso de la Ley 996 de 2005 que les impide a los mandatarios locales hacer convenios interadministrativos para la ejecución de “recursos públicos, ni participar, promover y destinar recursos públicos de las entidades a su cargo”, entre otras prohibiciones.
En las últimas semanas la propuesta fue calificada como un “mico” por sectores de la oposición, e incluso enfrentó duras críticas dentro del partido de Gobierno, el Centro Democrático (ver recuadro). Pero contó con el apoyo velado del Ministerio de Hacienda y de algunos alcaldes, como el de Medellín, Daniel Quintero, que resaltaron la necesidad que hay de reactivar la economía en sus territorios.
Así, el controvertido artículo 125 terminó aprobado. En el Senado obtuvo 54 votos a favor y 30 en contra, mientras que en la Cámara de Representantes la diferencia fue más holgada: 98 votos a favor y 39 en contra.
Las reacciones a los resultados comenzaron a manifestarse de inmediato, sobre todo entre los congresistas que votaron en contra de la medida y respondieron con indignación.
Katherine Miranda, representante a la Cámara por Bogotá del partido Alianza Verde, manifestó que modificar ese aparte de la Ley de Garantías puede aumentar el riesgo de que se cometan delitos electorales.
Para ella, existe la posibilidad de que con los impuestos de los ciudadanos “se financien abiertamente campañas políticas, se pone en bandeja de plata la compra de votos, la intimidación contractual con fines electorales y la metida de mano de funcionarios públicos en las elecciones”.
Por el contrario, quienes defendieron su voto positivo al artículo 125 aseguraron que la Ley de Garantías ya no tenía dientes para evitar los actos de corrupción en tiempos electorales.
“Aquí lo que tenemos que hacer es un llamado respetuoso a todos los entes de control: que vigilen el gasto público de las alcaldías y las gobernaciones para que los recursos no se vayan a las campañas políticas y no se desvíen”, aseguró Juan Espinal, representante a la Cámara por Antioquia del Centro Democrático.
Espinal, además, sostuvo que quitar los impedimentos de la Ley de Garantías sí impulsará la reactivación económica de las ciudades, que tuvieron dificultades para hacer contrataciones debido a la pandemia de covid-19.
El debate jurídico
Los opositores del artículo 125 aseguraron que la ley del PGN del próximo año no puede modificar la Ley de Garantías, pues no tiene el mismo rango normativo. Si bien la primera es una ley ordinaria, la segunda es estatutaria.
En efecto, varios congresistas de oposición sostuvieron que, una vez la ley del PGN sea sancionada por el presidente Iván Duque, demandarán la constitucionalidad del artículo 125 ante la Corte Constitucional, que tendrá en sus manos la decisión que pondrá punto final a la polémica.
“Lo que ha dicho el Gobierno es que no se trata de una reforma a la Ley de Garantías, sino una modificación de transitoriedad al presupuesto”, aseguró la directora de la especialización en Derecho Constitucional de la Universidad del Rosario, Luisa Fernanda García.
Y dijo que es probable que la Corte Constitucional tarde hasta seis meses decidiendo si es una directriz válida a la luz de la Constitución. Mientras, los alcaldes y gobernadores podrán seguir celebrando contratos interadministrativos. A menos de que el presidente Duque objete el artículo 125 antes de sancionar la ley del PGN del próximo año.