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Justicia Penal Militar también juzgará casos de narcotráfico, bacrim y delincuencia organizada

  • Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en su octavo y último debate reforma al Fuero Penal Militar, que contiene cambios en la forma como son juzgados los militares en el país y que ahora está ad portas de entrar en vigencia. FOTO COLPRENSA
    Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en su octavo y último debate reforma al Fuero Penal Militar, que contiene cambios en la forma como son juzgados los militares en el país y que ahora está ad portas de entrar en vigencia. FOTO COLPRENSA
10 de junio de 2015
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La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en su octavo y último debate la reforma al Fuero Penal Militar la cual contiene varios cambios fundamentales en la forma como son juzgados los militares en el país por hechos del servicio.

Para el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, “la aprobación definitiva de la reforma al Fuero Penal Militar es un gran logro, ya que les permite a nuestras Fuerzas Militares y de Policía que tengan herramientas y la posibilidad institucional de tener una mayor independencia a la Justicia Penal Militar y Policial a la luz del Derecho Internacional Humanitario, como bases fundamentales para que se haga justicia de manera especializada”.

Adicionalmente, dijo que “este es un proyecto fundamental que moderniza la Justicia Penal Militar y me parece coherente la decisión que tomó el Congreso de aprobarla, ya que la justicia tiene que ser una garantía, y yo creo que el Congreso de la República les ha dado el respaldo a nuestros Fuerzas Militares y la Policía Nacional y quiero reconocerles ese compromiso con el Estado de Derecho y de manera especifica con la paz añorada del pueblo colombiano”.

Por su parte, para el comandante de las Fuerzas Militares, el general Juan Pablo Rodríguez, “con la aprobación se logra una justicia equitativa, una justicia imparcial y una justicia verdadera para nuestros hombres”, teniendo en cuenta que con esta reforma constitucional mantendrá la autonomía del Fuero Penal Militar dentro de los límites señalados por la Corte Constitucional.

Uno de los puntos que quedó en esta reforma, es el que permite la extensión de la aplicación del DIH a enfrentamientos que no hacen parte del conflicto armado interno e internacional. Es decir, que será aplicado a combates con bacrims, delincuencia organizada o grupos dedicados al narcotráfico.

Es así como el documento que reformará la Constitución Política quedará de la siguiente manera: “De las conductas punibles cometidas por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en relación con el mismo servicio conocerán las Cortes marciales o Tribunales Militares con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar. Tales Cortes o Tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro. En la investigación y juzgamiento de las conductas punibles de los miembros de la Fuerza Pública en relación con un conflicto armado o un enfrentamiento que reúna las condiciones objetivas del Derecho Internacional Humanitario se aplicarán las normas y principios de éste. Los jueces y fiscales de la justicia ordinaria y de la Justicia Penal Militar o Policial que conozcan de las conductas de los miembros de la Fuerza Pública deberán tener formación y conocimiento adecuado del DIH. La Justicia Penal Militar o policial será independiente del mando de la Fuerza Pública”.

Para el representante Alirio Uribe, del Polo Democrático, y distintas organizaciones de derechos humanos la interpretación errada del Derecho Internacional Humanitario (DIH) es muy grave, teniendo en cuenta que le están dando una capacidad a las Fuerza Militares y Policial que no tienen y es la de “conducir investigaciones y juicios”.

“El DIH es un marco normativo internacional encaminado a la protección de población y de los bienes civiles que están fuera de las hostilidades y en esa medida su carácter es restrictivo de determinados medios y métodos de guerra, no facultativo de acciones para ganarla”, agregó Uribe.

Uribe dijo que “este tipo de actos son inconstitucionales y tienen una doble intención, la cual es mandar el mensaje de que la Justicia Penal Militar puede conocer lo que tiene que ver con el DIH y eso derrogaria lo que dice la Corte Constitucional”.

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