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Transfuguismo, voto obligatorio y financiación 100 % estatal: las propuestas polémicas en la reforma política del petrismo

Aunque la iniciativa busca modificar las reglas electorales para “fortalecer una democracia más fuerte y sólida”, termina beneficiando a los actuales congresistas, que podrán cambiar de partido sin perder la curul ni incurrir en doble militancia.

  • El proyecto fija un sistema de voto obligatorio, aclarando que el Estado es responsable de que la ciudadanía vote y que se garantizará la objeción de conciencia. Se propone además avanzar en el voto obligatorio. FOTO: JUAN ANTONIO SÁNCHEZ
    El proyecto fija un sistema de voto obligatorio, aclarando que el Estado es responsable de que la ciudadanía vote y que se garantizará la objeción de conciencia. Se propone además avanzar en el voto obligatorio. FOTO: JUAN ANTONIO SÁNCHEZ
03 de septiembre de 2024
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A menos de dos años de las elecciones presidenciales y legislativas, el Pacto Histórico, en cabeza del representante Alirio Uribe Muñoz, radicó este martes un proyecto de acto legislativo –es decir, que implica modificar la Constitución y que demanda ocho debates–, para promover una reforma política.

La iniciativa, que cuenta con el respaldo de otros 18 congresistas, desde ya pretende levantar ampolla, pues nuevamente da vía libre al transfuguismo, lo que abre la puerta a que por una única vez y sin ser sujeto de sanciones, los miembros de cuerpos de elección popular puedan cambiar de partido. Lo anterior, según establece el proyecto, pasados dos meses de la eventual promulgación del proyecto.

De aprobarse, ello implicaría que los dirigentes no perderían la curul ni incurrirían en doble militancia. Así las cosas, podrían optar por inscribirse por otro partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos.

Además, el proyecto busca que se reconozca personería jurídica a movimientos políticos que demuestren tener una base de afiliados compuesta por al menos el 0.2% del censo electoral nacional. Actualmente, la norma solo reconoce personería jurídica –lo que se traduce en la capacidad de nominar candidatos y acceder a financiación estatal–, a aquellos partidos que obtengan el 3 % de los votos en las elecciones. Dicha norma se mantiene.

Sin embargo, la reforma busca ampliar los mecanismos y que, en el caso de las elecciones regionales, se reconozca personería jurídica “siempre que hayan demostrado un número mínimo de afiliados del 1% del respectivo censo electoral”.

Por otro lado, en las elecciones de carácter nacional, se reconocería “siempre que hayan demostrado que cuentan con una base de afiliados que residen en, al menos, un número de circunscripciones territoriales cuyos censos electorales sumados superen el 50% del censo electoral nacional”.

En materia de financiación, el proyecto le apuesta a que el Estado concurra a la financiación política y electoral de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica. Es decir, los privados ya no podrían participar en la financiación de las elecciones.

“Las campañas electorales que adelanten los candidatos avalados por partidos y movimientos con personería jurídica o por grupos significativos de ciudadanos, serán financiadas exclusivamente con recursos estatales mediante anticipos y reposición de gastos”, señala el proyecto.

Además, se establece que para las elecciones que se celebren a partir de la vigencia del proyecto, la violación de los topes máximos de financiación de las campañas será sancionada con la pérdida de investidura o del cargo.

Otro de los puntos que consagra la iniciativa es que, para ponerle tatequieto a la reelección, se indica que nadie podrá ser elegido para más de tres periodos consecutivos quienes aspiren al Senado de la República, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital o Municipal, o Junta Administradora Local.

Además de cambiar las edades para ser elegido representante a la Cámara y senador desde los 18 años –actualmente hay que tener 25 y 30 años, respectivamente–, se fija un sistema de voto obligatorio, aclarando que el Estado es responsable de que la ciudadanía vote y que se garantizará la objeción de conciencia para el cumplimiento de este deber. Además, no se pondrán sanciones ni consecuencias para la ciudadanía que no pueda ejercer el voto por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.

A ello se suma que podrá implementar el voto electrónico para lograr agilidad y transparencia en todas las votaciones.

Finalmente, se proponen modificar las reglas de participación de grupos políticos para que existan listas únicas, cerradas y paritarias y se contemplen consultas primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para definir el orden de las candidaturas.

Salvo el artículo que permite el transfuguismo –que, sin duda, beneficia a los actuales congresistas–, la norma precisa que las demás propuestas incluidas en el proyecto comenzarán a regir a partir de las elecciones del 2030.

Una reforma política fallida

En marzo de 2023, en lo que representó el primer revés del Gobierno de Gustavo Petro en el Congreso, se hundió una controvertida reforma política. El proyecto contemplaba beneficios como darle un 30% más de financiación para las campañas electorales a los partidos que utilizaran ese tipo de listas en el que los electores no votaron en el tarjetón por un candidato en particular, sino por el logo del partido o coalición.

Además, los términos para la conformación de estas listas cerradas también desataron pelea, pues se señaló que al interior de los partidos podría haber prioridad para que los puestos los ocuparan los candidatos que fueron elegidos en los comicios inmediatamente anteriores.

Por otro lado, desató polémica el hecho de que se permitiera que los congresistas pudieran saltar directamente a la Casa de Nariño sin ningún impedimento para ser ministros e incluso se planteó que se garantizaría su curul en caso de que decidieran volver al Capitolio.

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