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Ante Corte Constitucional, Ministerio de Salud abre la puerta a revisar la UPC: “Hay necesidad”

Se trata del valor que paga el Estado a las Empresas Promotoras de Salud (EPS), a través de la Adres, por el aseguramiento en salud de cada colombiano. Corte puso lupa al asunto.

  • La UPC Se calcula con la información reportada por las EPS, teniendo en cuenta los usos y los costos de los servicios en salud y los medicamentos. Imagen de referencia. FOTO: Colprensa
    La UPC Se calcula con la información reportada por las EPS, teniendo en cuenta los usos y los costos de los servicios en salud y los medicamentos. Imagen de referencia. FOTO: Colprensa
05 de abril de 2024
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En medio del ambiente de crisis que se cierne sobre el sistema de salud colombiano –tras las intervenciones del Gobierno de Gustavo Petro a Sanitas y la Nueva EPS, sumado a la liquidación voluntaria de Compensar EPS–, este viernes se desarrolla en la Corte Constitucional una sesión clave en la que el Ministerio de Salud explica el cálculo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).

Se trata del valor que se paga a las entidades de salud por sus servicios y que el Ejecutivo fijó para 2024 en 12,01%, cifra que a las EPS –que esperaban que este aumento fuese de entre 16% y 18%–, han considerado como insuficiente.

“No representa un crecimiento real, no corrige la desviación acumulada del sistema de los últimos años y, por el contrario, aumenta el desequilibrio financiero”, alertó en su momento la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral.

Ante ello, este viernes la Corte Constitucional, al hacer seguimiento a una sentencia que abarca la situación del sector salud, convocó a una sesión técnica para estudiar a profundidad el cálculo de la UPC. La sesión es liderada por los magistrados José Fernando Reyes, Vladimir Fernández Andrade y Antonio José Lizarazo.

Por su parte, en representación del Gobierno arribaron el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo y Félix León Martínez, director general de la Adres (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud). Además, hizo presencia el contralor encargado, Carlos Mario Zuluaga.

Durante su intervención, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, abrió la puerta a revisar el cálculo de la UPC. Sin embargo, reclamó que, aun cuando hubo un incremento en el 29 % del presupuesto del Ministerio, “casi todo” se ha transferido al pago de la UPC.

“Hay necesidad, yo estoy totalmente de acuerdo, que se revise la UPC, pero por eso nosotros pretendemos –no voy a entrar allá–, que no existan UPC de subsidiados ni de contributivo, y que miremos en detalle qué es lo que estamos haciendo. Ya hoy solamente las enfermedades crónicas de alto costo, las huérfanas, se están llevando casi el 20 % de los recursos”, explicó el ministro.

En desarrollo de la sesión, la procuradora delegada para Asuntos de Salud, Diana Ojeda, instó a revisar la UPC, alertando que se podría llegar a “un estado de cosas inconstitucional”: “La UPC hay que revisarla para garantizar la sostenibilidad financiera del sistema”, dijo.

El Gobierno Nacional fijó el incremento de la UPC en 12,01% soportada en la inflación (9,73%) más un 2,28% de inclusiones para la actualización de servicios y tecnologías. Según el Ejecutivo, se calcula con la información reportada por las EPS, teniendo en cuenta los usos y los costos de los servicios en salud y los medicamentos.

“Los gastos que reportan las EPS deben ser certificados por el revisor fiscal, dicha información es verificada a través de un sistema de información construido para tal fin. La UPC se calcula por separado para Régimen Contributivo y Régimen Subsidiado”, precisaron.

Las EPS han insistido en un aumento de la UPC ante el costo de las coberturas incluidas, incremento en las frecuencias de uso y la dinámica pospandemia por las prestaciones que se quedaron represadas. Otro de los factores es la migración masiva de usuarios por las condiciones macroeconómicas del país.

En febrero pasado, la Sala especial de Seguimiento de sentencias de la Corte Constitucional declaró que el Gobierno ha tenido un bajo cumplimiento en cuanto a los Presupuestos Máximos para la financiación de los servicios y tecnologías del Plan de Beneficio en Salud (PBS).

El hallazgo se dio luego del seguimiento del alto tribunal a la sentencia T-760 de 2008, que ordena garantizar el acceso mínimo a los servicios de salud. Esta vez, mediante el auto 2881 de 2023, la Corte determinó que todavía hay un cumplimiento bajo y que se le suman problemas como fijación de presupuestos, reajustes e incluso retrasos en los pagos.

Según explicaron desde la Corte, se evidenciaron falencias en la expedición de la metodología requerida para establecerlos oportunamente, como la mora en la entrega y recolección de información completa para su análisis, y posterior cálculo de estos montos.

Debido a estos hallazgos que impactan directamente a las finanzas de las EPS y a los usuarios, la Corte Constitucional dio un plazo de 45 días calendario al Ministerio de Salud para que cancele efectivamente los valores pendientes por concepto de reajustes a los presupuestos máximos reconocidos para la vigencia del año 2021.

En este mismo plazo, el Ministerio debe presentar un cronograma en el que establezca las acciones necesarias para reconocer y pagar los valores pendientes por concepto de reajustes a los techos de la vigencia 2022 y donde no podrá exceder el término de 6 meses para su culminación.

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