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La cirugía que le daría más poder a la Procuraduría General

La reforma la llevó Margarita Cabello al Congreso y le daría facultades de juez. Polémica.

  • Margarita Cabello presentó el proyecto de ley en respuesta al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso elevado por el senador Gustavo Petro. FOTO Colprensa
    Margarita Cabello presentó el proyecto de ley en respuesta al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso elevado por el senador Gustavo Petro. FOTO Colprensa
01 de mayo de 2021
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La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) a favor de Gustavo Petro llevaría a una transformación radical de la Procuraduría. Esto, a propósito del proyecto de ley radicado por la procuradora, Margarita Cabello, para reformar el Código General Disciplinario. Una propuesta que cuenta con el respaldo del presidente Iván Duque, quien solicitó que se le diera trámite de urgencia a la iniciativa.

Y es que el proyecto ya empezó su trámite. El pasado jueves se realizó una audiencia pública en las comisiones primeras conjuntas de Senado y Cámara en la que expertos, congresistas y la procuradora Cabello expusieron sus argumentos sobre la propuesta.

Tras este primer paso, siguen las discusiones en comisión y en plenarias. Y ya se ve venir un fuerte debate por los alcances de la iniciativa que le daría a este organismo la posibilidad de ser juez, reforzando el poder de la entidad.

Lo que propone

Para entender cómo se llegó a esta propuesta, hay que recordar que en sentencia del 8 de julio de 2020, la Corte IDH falló a favor de Gustavo Petro en el caso que este interpuso contra el Estado colombiano, luego de que la Procuraduría lo suspendiera como alcalde en 2013 –cuando la entidad estaba a cargo de Alejandro Ordóñez–.

En su decisión, la Corte consideró que con la suspensión de Petro se habían violado sus derechos políticos, pues la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el artículo 23.2, resuelve que estos solo se pueden restringir, en el caso de los funcionarios de elección popular, cuando hay una condena en un proceso penal. En ese sentido, la Corte Interamericana ordenó al Estado ajustar su ordenamiento jurídico de acuerdo a los parámetros dictados.

Ahí está la cuestión. Como funciona ahora, la Procuraduría tiene funciones de juez disciplinario, no penal. Entonces, lo que busca el proyecto de ley es que esa función disciplinaria sea entendida como administración de justicia.

La petición, de acuerdo a la exposición de motivos, es que se “le atribuya a un órgano que no hace parte de la rama judicial, función jurisdiccional para el cumplimiento de una competencia específica: la disciplinaria, a efectos que se entienda que, cuando el órgano de control investiga, juzga y sanciona por el desconocimiento de los deberes funcionales de los servidores públicos está administrando justicia”.

Es decir, en el proyecto de ley, Cabello hace una interpretación al fallo, asegurando que “sin desconocer el respeto que el Estado colombiano le debe a las decisiones de los tribunales internacionales, el proyecto busca proteger y mantener el diseño institucional que ideó el Constituyente de 1991, en el marco e la autonomía e independencia de órganos como la Procuraduría”.

En ese sentido, la procuradora Cabello ha defendido la propuesta, afirmando que “fortalece y profundiza garantías constitucionales ya existentes para los disciplinados, propugnando por la autonomía e independencia de los servidores públicos que tendrán a cargo los procesos disciplinarios”.

El debate

Durante la audiencia pública del jueves, la procuradora Cabello defendió la decisión de su entidad de interpretar la sentencia, antes que aplicarla de manera literal, con el fin de “adecuarla a nuestro ordenamiento jurídico”. Y, en ese sentido, sostuvo que la decisión emanada por la Corte IDH se fundamentó, también, en que “había una discusión ideológica en el momento de proferirse esa decisión disciplinaria administrativa (la inhabilidad de Petro)”.

Pero, más allá de esa discusión del campo jurídico, la duda está en los poderes que se le otorgarían a la Procuraduría. Esteban Hoyos, abogado y recién nombrado decano de la Facultad de Derecho de Eafit, señaló que “tal y como se está planteando, (el proyecto) incrementa el poder de la Procuraduría para investigar y sancionar”.

En ese sentido, aseguró que “ese poder excesivo en cabeza de un órgano que ya tiene muchas funciones debería ser, por si solo, un motivo de preocupación”.

Adicionalmente, el docente criticó la interpretación dada a la sentencia, pues “excluye a la rama judicial de la conversación. La sentencia no habla de entregar funciones jurisdiccionales, sino de que son los jueces, en un proceso con todas las garantías, quienes deben destituir e inhabilitar a los funcionarios de elección popular”.

En esa misma línea, el abogado Rafael Barrios, miembro fundador del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar), aseveró que “las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son de obligatorio cumplimiento, no se trata de recomendaciones. Además, la corrupción es un delito y debe ser competencia de los jueces, no de un órgano disciplinario”.

Por su parte, el abogado David Roa, presidente del Colegio colombiano de Abogados Disciplinaristas, resaltó que por “la estructura de la Procuraduría y su autonomía e independencia sería imposible darle un cumplimiento literal a esa interpretación dada por la Corte Interamericana”. Sin embargo, hizo dos recomendaciones al proyecto. Primero, que las decisiones de la Procuraduría no tengan control jurisdiccional, pues sus decisiones serían sentencias.

Y segundo, Roa explicó que la Procuraduría no es la única entidad con facultad para sancionar e inhabilitar. Esta también hace parte de las oficinas internas de control disciplinario de las entidades públicas, así como de las personerías distritales. En ese sentido, Roa indicó que, con el proyecto como está, estas “quedan en el limbo.

Para eso, propuso, entonces, que estas “mantengan una competencia investigativa con el propósito que sea la Procuraduría quien haga el juzgamiento de todos estos procesos que se tramitan en las personerías y las oficinas de control cuando se trate de faltas que tengan como consecuencia la restricción de derechos políticos”.

La discusión está sobre la mesa. Y no será sencilla, algo que incluso la misma procuradora reconoce. Cuando las comisiones primeras de Senado y Cámara se reúnan para el primer debate, quedará claro que aunque pareciera que es un debate sobre el ordenamiento jurídico, realmente será una pelea con tintes políticos

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artículos tiene el proyecto de ley presentado por la procuradora Cabello.
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