La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió no aceptar la recusación que Carlos Mario Jiménez Naranjo, “Macaco”, interpuso contra la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina, quien lo había citado a declarar en una Audiencia Única de Verdad.
La audiencia para escuchar en la JEP a “Macaco”, frente a quien el presidente Gustavo Petro pidió declararse como víctima, iba a desarrollarse el 8 y 9 de noviembre de este año. Sus aportes iban a dictar si podía ingresar a la Jurisdicción como “incorporado funcional y materialmente a la Fuerza Pública”, como ocurrió con Salvatore Mancuso.
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Sin embargo, en octubre, el abogado José Fernando Toledo Perdomo, apoderado de Jiménez Naranjo, presentó un escrito de recusación en contra de la magistrada que desde mitad de agosto había convocado a ‘Macaco’ a su diligencia. La togada Castro rechazó la recusación, pero les remitió el asunto a sus compañeros de la Sala de Definición.
La magistrada Castro trabajó en la Fiscalía General de la Nación antes de entrar a la JEP. Como funcionaria, fue “dependiente funcional”, según relató la JEP en la resolución con la que se rechaza la recusación, de los fiscales Mario Iguarán y Néstor Humberto Martínez, así como de la fiscal Viviane Morales.
Para Toledo, esa de entrada es una razón para apartarla del proceso de sometimiento de ‘Macaco’, sobre todo porque el exjefe paramilitar tiene pensado declarar en contra de Mario Iguarán. De acuerdo con la JEP, Toledo explicó que Jiménez relatará que Iguarán “fue nombrado con la influencia de los grupos paramilitares”.
Asimismo, Toledo aseguró que las fiscales Martha Galindo y Luz Helena Morales, quienes trabajan en la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, desarrollaron un “plan siniestro” para que ‘Macaco’ fuese expulsado de Justicia y Paz. La magistrada Sandra Castro, según el defensor de Jiménez, mantiene una relación cercana con ellas.
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Para la Sala de Definición de la JEP, los argumentos planteados en la recusación solo fueron enumerados, no probados. Se trata de afirmaciones “imprecisas” y “genéricas” que “carecen de una reseña lógica argumentativa y no son acompañadas por evidencia alguna”, algo que va en línea con lo que había aseverado la magistrada Castro.
Frente a la acusación de que Castro maneja una amistad con las exfiscales de Justicia y Paz Morales y Galindo, la JEP manifestó que “es una aseveración que desconoce las estructuras, mandato y procedimientos normativos y reglamentarios” de la UIA y de las Salas de Justicia de la JEP, dos entidades distintas.
“En gracia de discusión, si en el escrito de recusación se hubiera probado alguna relación de amistad cercana de la magistrada Sandra Castro con las funcionarias citadas, más allá de conocerlas por haber laborado en la Fiscalía General de la Nación o en la JEP en la actualidad, esta circunstancia no se encuentra incluida en las causales taxativamente fijadas por la norma para recusar a la ponente”, apunta la JEP.
La Sala de Definición enfatizó en que no se demostró que en la Fiscalía la magistrada Sandra Jeannette Castro hubiese tenido influencia en los procesos penales que se abrieron contra Carlos Mario Jiménez. Tampoco se acreditó que en su momento Martha Galindo o Luz Morales, entre más de 20 mil funcionarios del ente acusador, ejercieran alguna injerencia.
Por último, la Jurisdicción Especial declaró que, “para mayor transparencia”, cualquier decisión que la magistrada Castro pueda tomar a partir de la información que reciba de ‘Macaco’ debe deliberarse en el pleno de la Sala. Por todo lo anterior, “es claro que el escrito de recusación presentado no cumplió con la expectativa razonable de acreditar una causal concreta de impedimento o recusación”.
La Sala decretó que la recusación es “improcedente”. Además, ordenó notificar la decisión a la magistrada Castro y al abogado Toledo, quien podrá presentar reposición o apelación. Entretanto, aún no se concreta una nueva fecha para que Carlos Mario Jiménez Naranjo cuente su verdad y pueda, eventualmente, ser recibido en la JEP.