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Por falsos positivos, la JEP imputa a otros 15 militares

El fallo se da por 126 asesinatos, ocurridos en Cesar, Valledupar y La Guajira. Se esperan cuatro decisiones más.

  • Los comparecientes tienen 30 días hábiles, a partir de la notificación del fallo, para aceptar o no la responsabilidad que se les imputa, pronunciarse y/o aportar pruebas nuevas. FOTO colprensa
    Los comparecientes tienen 30 días hábiles, a partir de la notificación del fallo, para aceptar o no la responsabilidad que se les imputa, pronunciarse y/o aportar pruebas nuevas. FOTO colprensa
15 de julio de 2021
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La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunciará, este 14 de julio, la segunda imputación del Caso 03, que investiga las ejecuciones extrajudiciales mal llamadas falsos positivos en seis zonas del país. La nueva decisión es por el subcaso Costa Caribe y cobija a 15 militares que pertenecieron al Batallón de Artillería N.° 2 “La Popa” y que habrían participado en el asesinato de 126 personas, en estado de indefensión, que luego presentaron como bajas en combate.

Según el auto que resuelve la imputación, 120 de las víctimas fueron presentadas como no identificadas, pese a que los comparecientes tenían información sobre su identidad y origen, “y en muchos de los casos sus documentos fueron destruidos para impedir su identificación y la entrega digna de sus restos”. Estas acciones se dieron en un total de 71 hechos, ocurridos entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005, en municipios de Valledupar, el norte de Cesar y el sur de La Guajira.

Como “autores mediatos de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada”, la JEP imputó a Publio Hernán Mejía Gutiérrez y a Juan Carlos Figueroa Suárez, coroneles (r) del Ejército, quienes fueron comandantes del Batallón “La Popa” en dos periodos diferentes que coinciden con la comisión de los delitos investigados y que, en consideración de la Sala, constituyeron crímenes de guerra y de lesa humanidad. Como coautores por los mismos hechos, la JEP imputó a 13 militares más, entre mayores, sargentos, subtenientes y soldados profesionales.

La Sala estableció que las muertes de las víctimas se dieron bajo dos patrones. En el primero “se justificó el asesinato de personas señaladas de pertenecer o auxiliar a las guerrillas” y se efectuó, en buena parte, en colaboración con paramilitares. En el segundo, algunos miembros de la unidad, “asesinaron a civiles sin ningún señalamiento previo, con el único fin de presentar resultados operacionales ficticios”.

En consideración de la Sala, hay suficiente acervo probatorio para entender que estos hechos fueron cometidos dentro de un plan criminal, que se descarriló del propósito del Ejército Nacional de mejorar las condiciones de orden público y la percepción de seguridad de la población.

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