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Iván Duque objetó artículo sobre recursos de las universidades

  • El presidente Iván Duque señala que el artículo 44 se puede prestar para interpretaciones erróneas. FOTO COLPRENSA
    El presidente Iván Duque señala que el artículo 44 se puede prestar para interpretaciones erróneas. FOTO COLPRENSA
  • Foto tomada el 16 de octubre del 2019 en la Cámara de Representantes, durante la votación sobre el Presupuesto General de la Nación. FOTO COLPRENSA
    Foto tomada el 16 de octubre del 2019 en la Cámara de Representantes, durante la votación sobre el Presupuesto General de la Nación. FOTO COLPRENSA
29 de noviembre de 2019
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En momentos en que se desarrolla la Gran Conversación Nacional en la que uno de los temas de discusión es la inversión de la educación, el presidente Iván Duque le pidió este viernes al Congreso que modifique uno de los artículos del Presupuesto General de la Nación para el 2020, el cual hace referencia al destino de los recursos de las universidades públicas.

En su argumentación para objetar ese artículo, señala que el artículo 44 se puede prestar para interpretaciones erróneas, que generarían un detrimento de recursos para la inversión y el funcionamiento de las universidades públicas del país.

El artículo objetado por inconveniencia quedó así en la Ley de presupuesto: “En virtud de la autonomía consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política, las universidades estatales pagarán las sentencias o fallos proferidos en contra de la Nación con los recursos asignados por parte de esta, en cumplimiento del artículo 86 de la Ley 30 de 1992”.

De ahí que el mandatario señala que “en criterio del Gobierno Nacional, el artículo transcrito es inconveniente, toda vez que su redacción resulta imprecisa. Esto ha dificultado el correcto entendimiento de la intención del legislador”.

El jefe de Estado precisa en la objeción enviada a los presidentes del Senado y la Cámara, Lidio García y Carlos Cuenca, respectivamente, que los recursos para el pago de los fallos a los que hace referencia el artículo 44 son asignados por el Presupuesto General de la Nación.

Insiste Duque que tal y como está el artículo 44 puede dar lugar a otra interpretación, en el sentido de que “la norma en cuestión determina que los recursos asignados al funcionamiento e inversión de las universidades estatales sean destinados para el pago de sentencias o fallos proferidos en contra de la Nación”.

$!Foto tomada el 16 de octubre del 2019 en la Cámara de Representantes, durante la votación sobre el Presupuesto General de la Nación. FOTO COLPRENSA
Foto tomada el 16 de octubre del 2019 en la Cámara de Representantes, durante la votación sobre el Presupuesto General de la Nación. FOTO COLPRENSA
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