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Agredir a su ex también es violencia intrafamiliar

El Senado aprobó un proyecto de ley que amplía el concepto de ese delito. El articulado también se refiere a ataques contra amantes y hogares paralelos.

  • Para la Fiscalía General de la Nación, reconocer que las familias en Colombia tienen nuevas dinámicas, ayuda a prevenir la violencia en los hogares. FOTOilustración Róbinson sáenz
    Para la Fiscalía General de la Nación, reconocer que las familias en Colombia tienen nuevas dinámicas, ayuda a prevenir la violencia en los hogares. FOTOilustración Róbinson sáenz
25 de abril de 2019
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Entre 2009 y 2012, del 81 % al 90 % de casos tramitados por inasistencia alimentaria y violencia intrafamiliar en Colombia, permanecieron en impunidad.

Esta cifra, extraída de un informe de la Mesa por el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias, sirvió como base a la Fiscalía General de la Nación para la radicación de un proyecto de ley que otorga herramientas jurídicas para combatir la problemática y que fue aprobado ayer por el Senado en último debate.

El articulado, además de abreviar el proceso penal para lograr una mayor efectividad de la acción de la justicia, introduce un cambio sustancial: reconceptualiza el delito de violencia intrafamiliar para incluir en él las agresiones cometidas contra parejas extramatrimoniales y exparejas.

Al respecto, Belisario Moreno, asesor del despacho del fiscal general, explicó que “hay que reconocer las nuevas realidades que viven las familias colombianas y lo que está haciendo el proyecto, que fue construido por las organizaciones de mujeres junto con la vicefiscal María Paulina Riveros, es reconocer esas nuevas relaciones que existen, por un lado, y las nuevas formas de violencia”.

Aclaró el asesor que el proyecto , que ahora pasará a conciliación entre Senado y Cámara para su posterior sanción presidencial, no pretende modificar el concepto de familia: “No es que las relaciones extramatrimoniales ahora hagan parte del núcleo familiar. Se trata es de darle una protección adicional a la mujer víctima de violencia”.

Y es que de acuerdo con datos del Instituto de Medicina Legal, incluidos en la exposición de motivos del proyecto, cerca de 43 % de los casos de agresiones intrafamiliares son cometidos por exparejas “y se evidenció un alto índice de casos con respecto a personas que tienen dos o más hogares, o están casados y tienen una pareja adicional, o tienen más de una unión de hecho”, explicó Moreno.

La prueba anticipada

Una de las principales causas de revictimización en investigaciones por violencia intrafamiliar, es que el agredido era sometido a narrar repetitivamente los hechos durante todo el transcurso del proceso penal, viéndose obligado a revivir su dolor una y otra vez.

Por eso, el proyecto de ley también modifica el artículo 284 de la Ley 906 de 2004, para permitir que en estos procesos, hasta antes de la instalación de la audiencia de juicio oral, se pueda “practicar anticipadamente cualquier medio de prueba pertinente”.

Durante el juicio, el juez se deberá abstener de repetir la prueba anticipada cuando exista evidencia de revictimización, riesgo de violencia o manipulación, afectación emocional del testigo o dependencia económica con el agresor.

Además, “algo muy frecuente que había detectado la Fiscalía es que son muy altas las presiones hacia las mujeres para que no declaren en juicio y eso llevaba también al fracaso de los procesos penales”, por eso, el juez podrá valorar esa presunta manipulación cuando una víctima se retracte, para decidir si continúa o no con el proceso, señaló el asesor de despacho del fiscal general.

La reincidencia

Cifras reveladas por la Fiscalía durante la ponencia del proyecto también indican que en el 23 % de los casos por violencia intrafamiliar, el agresor es reincidente.

En esa medida, el proyecto de ley establece que, para ese delito, “la pena se aumentará en una cuarta parte cuando el responsable tenga antecedentes penales por haber cometido alguno de los delitos previstos en los títulos I y IV del Código Penal contra un miembro de su núcleo familiar”. Esto, siempre y cuando la condena haya sido proferida dentro de los cinco años anteriores a la ocurrencia del nuevo hecho.

La abreviación del proceso

Finalmente, el proyecto de ley determina que en los casos de este tipo de violencia, se aplique el procedimiento penal abreviado, un mecanismo contemplado en la Ley 1826 de 2017, que permite hacer todo el trámite en dos audiencias, lo que, según la Fiscalía, permitirá que “el Estado consiga respuestas más rápidas y por lo tanto, evite de manera más efectiva la impunidad en este tipo de conductas”.

59,13
por ciento de las agresiones por violencia intrafamiliar son cometidas contra mujeres.
77.457
casos de violencia intrafamiliar se presentaron en el país durante 2018.
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