Luego de que el Concejo del municipio de Urrao expidiera el Acuerdo 008 del 26 de agosto de 2017, que dictó medidas para la defensa del patrimonio arqueológico y cultural del territorio, el Secretario General del departamento de Antioquia solicitó al Tribunal Administrativo pronunciarse sobre la validez de dicho acuerdo.
Recuerde: Urrao, tercer municipio en Antioquia que prohíbe la minería
Según el demandante, el Concejo municipal no tenía la competencia para establecer los usos del suelo y determinar las áreas protegidas, asumiendo prohibiciones que le corresponden al legislador.
El Concejo prohibió la realización de actividades mineras de metálicos y gran y mediana minería de los otros minerales. “En virtud de lo dispuesto no se podrán adelantar actividades de prospección, exploración, construcción, montaje, explotación y transformación de metálicos”, quedó suscrito en el acuerdo del Concejo.
Por esto, el alto Tribunal decidió declarar la invalidez del acuerdo, “por vulnerar normas constitucionales y legales, toda vez que se extralimitó, al no respetar los parámetros establecidos en norma legal, y prohibió una actividad que es de interés nacional y de bienes que pertenecen al Estado”.
La sala sexta del Tribunal señaló que el acuerdo no tiene ninguna validez y que deberá ser comunicado inmediatamente al alcalde y Concejo de Urrao.