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Los 26.964 habitantes del municipio de Tarazá quedaron otra vez en un limbo gubernamental, luego de que el Tribunal Administrativo de Antioquia suspendiera provisionalmente los efectos del acto administrativo en el que fue declarado alcalde Dawinson Gómez Tamayo y declarara su nulidad electoral.
Esta es la segunda vez que los taraceños padecen esta situación en un año, luego de que el 11 de septiembre de 2020 falleciera por covid-19 el anterior mandatario, y padre del hoy suspendido, Miguel Ángel Gómez García.
El origen del caso se remonta a los meses posteriores a la muerte de este último. El partido Liberal avaló la postulación de su hijo Dawinson para reemplazarlo hasta finalizar el periodo en 2023, y este salió escogido en las elecciones atípicas del 25 de julio de 2021.
El contrincante Héctor Giraldo Arango, que representaba a los partidos Conservador y Cambio Radical, demandó su postulación ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), por considerar que estaba inhabilitado, debido a su parentesco con el difunto.
La polémica gira en torno al artículo 95 de la ley 136 de 1994, que habla de las inhabilidades e incompatibilidades para ser alcalde en Colombia, el cual dice: “No podrá ser inscrito como candidato, ni elegido, ni designado alcalde municipal o distrital quien tenga vínculos por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los 12 meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio (...)”.
Con base en esa norma, el 16 de julio de 2021 el CNE revocó la inscripción de la candidatura de Dawinson. La defensa del aspirante alegó en ese momento que la muerte de Miguel Gómez anulaba esa inhabilidad, y el CNE en segunda instancia le dio la razón, lo que permitió que el heredero se presentara a la votación que finalmente ganó.
El conflicto jurídico no terminó allí. El abogado Hugo Vega Parra, exempleado de la Registraduría y del CNE, demandó la elección de Gómez Tamayo ante el Tribunal Administrativo de Antioquia.
La entidad admitió la demanda, invocando un concepto del Consejo de Estado, según el cual el grado de parentesco no se extingue con la muerte del padre, como sí ocurre con los vínculos matrimoniales.
En consecuencia, el pasado 10 de septiembre, con ponencia de la magistrada Gloria Gómez Montoya, el tribunal resolvió suspender los efectos del acto administrativo por el que fue confirmada la elección del político liberal y declarar la nulidad electoral (radicado 05001 23 33 000 2021 01480 00).
Esa decisión es de carácter cautelar, y el demandado tiene 15 días para presentar su contestación. EL COLOMBIANO trató de comunicarse con el alcalde, pero hasta el momento no ha sido posible conocer su versión.